Listado de inspecciones

Secretaría de Desarrollo Rural

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Acciones de inspección, verificación y vigilancia relacionadas a la movilización de animales productos y subproductos pecuarios, y otros sitios de inspección fijos

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Detalles

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Secretaría de Desarrollo Rural

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Acciones de inspección, verificación y vigilancia relacionadas a la movilización de animales productos y subproductos pecuarios, y otros sitios de inspección fijos

Modalidad

No aplica

Homoclave

SDESARROLLOR-02-VER

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

(222) 227 41 01 Ext. 1016

Dirección:

Calle 22 oriente #1413, Barrio El Alto

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

La persona con quien se entienda la inspección

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva o de seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Otro:Unidades de Producción, centros de mejoramiento pecuario, estanques, cuerpos de agua y demás lugares semejantes; Lugares de embarque y centros de certificación de origen; Vías de Tránsito; Puntos de verificación zoosanitaria e inspección; Centros de sacrificio y comercio; Establecimientos donde se industrialicen o comercialicen; Centros de acopio, mercados, ferias, exposiciones o espectáculos ganaderos; Rutas o zonas de pecoreo, bodegas, plantas de extracción y procesamiento apícola; La movilización de colmenas pobladas, sus productos y subproductos; y Cualquier otro lugar en donde se desempeñe alguna actividad pecuaria.

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar la legal procedencia del ganado, Productos y subproductos, así como la sanidad de los mismos, verificación de la inocuidad y sanidad en puntos de verificación fijos.

Periodicidad con la que se realiza:

Diaria durante 15 dias

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificación, ordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 40, 42 fracción l y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 82 primer párrafo, 83 primer párrafo y 123 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla: 1 párrafos primero y segundo, 2, 3, 13 párrafo primero, 15 párrafo primero 30 fracciones VIII y XII, 31 fracción IX y 40 fracciones II y XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 2, 5 fracción II 15 fracciones V y XXV y 20 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla: 7 fracción II, 10 fracciones VI, XXVI, XXIX, XXXI y XXXII, 58, 59, 95, 96 y 97, 134 primer párrafo y 135 de la Ley Ganadera para el Estado de Puebla; 16 fracciones I, XII, XVI Y XX, 59, 69 párrafo segundo, 70 y 71 de La Ley de Sanidad Vegetal del Estado de Puebla, 30 párrafo primero, 37 fracciones I Y II, 43 fracción I y 51 de la Ley de Fomento a la Acuacultura y Pesca Sustentable del Estado de Puebla disposiciones todas ellas relacionadas con el artículo séptimo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el treinta y uno de julio de dos mil diecinueve; Acuerdo de la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado, por el que delega al titular de la Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria de esta Secretaría, las facultades para ejercer acciones de Verificación, Inspección y Vigilancia en materia de apicultura, sanidad vegetal, sanidad e inocuidad pecuaria, acuícola y pesquera, y legal procedencia de ganado, especies acuícolas y pesqueras, sus productos, Convenio de Coordinación para realizar acciones de verificación e inspección vinculadas al control de la movilización agropecuaria, acuícola y pesquera.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Unidades de Producción, centros de mejoramiento pecuario, estanques, cuerpos de agua y demás lugares semejantes; Lugares de embarque y centros de certificación de origen; Vías de Tránsito; Puntos de verificación zoosanitaria e inspección; Centros de sacrificio y comercio; Establecimientos donde se industrialicen o comercialicen; Centros de acopio, mercados, ferias, exposiciones o espectáculos ganaderos; Rutas o zonas de pecoreo, bodegas, plantas de extracción y procesamiento apícola; La movilización de colmenas pobladas, sus productos y subproductos; y Cualquier otro lugar en donde se desempeñe alguna actividad pecuaria.

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Antes de finalizar la inspección, se dará oportunidad a la persona con la que se entendió la misma para que en ese acto formule sus observaciones, con relación a los hechos u omisiones asentados en el acta respectiva

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Proporcionar toda clase de información física o documentalque conduzca a la verificaciòn del cumplimiento de la normatividad vigente

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

La que marcan en Ley Ganadera para el Estado de Puebla y su reglamento.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Documentos que amparen la propiedad y sanidad de animales productos y su productos movilizados, libros de registro.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta de Inspección

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

60 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Habilitar al personal de la Secretaría de Desarrollo Rural que se requiera para llevar a cabo notificación y realizar actos de Inspección, Verificación y/o Vigilancia. Recibir Orden de Visita de Inspección y comisionar al (os) Inspector (es), a realizarla. Entregar citatorio para la inspección. Solicitar los documentos que amparen la propiedad y sanidad de animales productos y su productos movilizados, Se levanta el Acta de Inspección Si infringe la ley Se levanta acta y se hace el aseguramiento precautorio de los bienes o se dentermina las medidas de seguridad.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

La clausura temporal, parcial o total de centros de sacrificio, de cernideros, unidades de producción o apiarios, que no cuenten con la autorización correspondiente, el aseguramiento precautorio de los bienes, utensilios o instrumentos directamente relacionados con las unidades de producción pecuaria, establecidas en el Estado.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

El personal deberá estar debidamente autorizado y acreditado para llevar a cabo acciones de inspección y vigilancia, para comprobar que se cumplan con las medidas establecidas en la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables;

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

1.- Cesar Sebastian Nieto 2.- José Elías Carmona Bello

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

22 oriente # 1413, Barrio de El Alto, Puebla Pue.

Números telefónicos:

(222)2-27-41-01 ext. 1059

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

4

Febrero

4

Marzo

4

Abril

4

Mayo

4

Junio

4

Julio

4

Agosto

4

Septiembre

4

Octubre

4

Noviembre

4

Diciembre

4

Total

48

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

48

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerido para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Desarrollo Rural

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Inspección de Rutas de Pecoreo

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Detalles

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Secretaría de Desarrollo Rural

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Inspección de Rutas de Pecoreo

Modalidad

No aplica

Homoclave

SDESARROLLOR-01-I

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

(222) 227 41 01 Ext. 1016

Dirección:

Calle 22 oriente #1413, Barrio El Alto

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Al representante legal, propietario, poseedor y/o responsable de apiarios instalados en el territorio Poblano

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva o de seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Otro: Rutas o zonas de pecoreo, bodegas, plantas de extracción y procesamiento apícola

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Regular el establecimiento y trashumancia de colmenas pobladas en el Estado

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Ordinaria, extraordinaria, de oficio, a solicitud de parte

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículo 10 fracciones, XXIII, XXVI, XXXI, 30, 92 fracción IV, 95, 96, 97 fracción VIII,99, 101, 102 de la Ley Ganadera para el Estado de Puebla, 20 fracción XIV del reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla, ACUERDO de la Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado, por el que delega al Titular de la Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria de esta Secretaría, las facultades para ejercer acciones de Verificación, Inspección y Vigilancia en materia de Apicultura, Sanidad Vegetal, Sanidad e Inocuidad Pecuaria, Acuícola y Pesquera, y Legal Procedencia de Ganado, Especies Acuícolas y Pesqueras, sus Productos, Subproductos y Derivados.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Apiarios

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Antes de finalizar la inspección, se dará oportunidad a la persona con la que se entendió la misma para que en ese acto formule sus observaciones con relación a los hechos u omisiones asentados en el acta respectiva.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Proporcionar toda clase de información física o documentalque conduzca a la verificaciòn del cumplimiento de la normatividad vigente

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

La que marcan en Ley Ganadera para el Estado de Puebla y su reglamento.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Permiso de internación apícola

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta de Inspección

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

si, 24 horas anteriores a la práctica de la inspección

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

120 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Habilitar al personal de la Secretaría de Desarrollo Rural que se requiera para llevar a cabo notificación y realizar actos de Inspección, Verificación y/o Vigilancia. Recibir Orden de Visita de Inspección y comisionar al (os) Inspector (es), a realizarla. Entregar citatorio para la inspección. Solicitar el permiso de establecimiento y internación apícola Realizar la inspección. Se levanta el Acta de Inspección Si infringe la ley Se levanta acta y se hace el aseguramiento precautorio de los bienes

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

El aseguramiento precautorio de los bienes, utencilios o instrumentos directamente relacionados con las unidades de producción pecuaria, establecidas en ele Estado

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

El personal debera estar debidamente autorizado y acreditado para llevar a cabo acciones de inspección y vigilancia, para comprobar que se cumplan con las medidas establecidas en la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables;

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Rosa Elena Jiménez León

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

22 oriente # 1413, Barrio de El Alto, Puebla Pue.

Números telefónicos:

(222)2-27-41-01 ext. 1059

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

0

Febrero

0

Marzo

0

Abril

0

Mayo

0

Junio

0

Julio

0

Agosto

0

Septiembre

0

Octubre

2

Noviembre

2

Diciembre

0

Total

4

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

4

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerido para atender situaciones de emergencia.

A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

Comisión Estatal de Mejora Regulatoria