Detalles

Subdirección de Supervisión

Secretaría de Seguridad Pública

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visita de Verificación Ordinaria y/o extraordinaria.

Modalidad

No aplica

Homoclave

SSP-01-VER

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222 303 46 00 ext. 291049 y 291050

Dirección:

CIS Edificio Sur Sótano, Blvd. Atlixcáyotl 1101, Col. Concepción las Lajas, Puebla, Puebla, C.P. 72190.

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Visita de Verificación.

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas Fisicas y Morales que prestan el Servicio de Seguridad Privada.

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva y de seguimiento.

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Domicilio, Oficinas, Lugar donde se Presta el Servicio (prestataria).

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Comprobar el cumplimiento a las disposiciones aplicadas contenidas en la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla y su Reglamento, así como las obligaciones y restricciones a las que se sujeta la autorización, revalidación o modificación, así como regular a las empresas que prestan servicios de seguridad privada sin la autorización correspondiente.

Periodicidad con la que se realiza:

Las que fueran necesarias para su cumplimiento.

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Programa anual de visitas y denuncias.

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículo 31, 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla. Artículo 51, 52, 53, 54, 55, 56 y 57 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Domicilios Fiscales y/o sucursales de las empresas de Seguridad Privada, así como los domicilios de las prestatarias.

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Manifestar lo que a su interés convenga y ofrecer pruebas en relación a los hechos de la Visita de Verificación.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Artículo 1 y 30 de la Ley de Seguridad Privada y Artículo 23 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Ley y Reglamento de Seguridad Privada del Estado de Puebla.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Identificación Oficial / Cédula de Autorización, Revalidación y/o Modificación.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículo 56 y 57 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

05 horas

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Art. 57 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Suspensión Temporal Parcial o Total de las Actividades artículo 38 de la Ley de Seguridad Privada y artículo 64 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada del Estado de Puebla.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Artículo 34 de la Ley de Seguridad Privada y Artículo 57 del Reglamento de la Ley de Seguridad Privada.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Calle 12 Oriente No. 606 A, Segundo Piso, Col. San Francisco, C.P. 72000.

Números telefónicos:

222 243 37 05

Correo electrónico:

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Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Análisis y diagnóstico anual, tendiente a verificar que no han variado las condiciones en que se otorgó la autorización para la prestación de servicios de Seguridad Privada.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

45

Febrero

45

Marzo

50

Abril

50

Mayo

50

Junio

50

Julio

45

Agosto

45

Septiembre

45

Octubre

45

Noviembre

40

Diciembre

20

Total

530

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

38

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

54

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

Comisión Estatal de Mejora Regulatoria