Detalles

Coordinación General de Protección Civil / Dirección Operativa de Protección Civil

Secretaría de Gobernación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Inspección, supervisión, verificación y vigilancia de las medidas y acciones en materia de protección civil

Modalidad

No aplica

Homoclave

SGOBERNACION-01-S

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

*Reportes 24 horas: (222) 2462750 Ext. 4112 *Reportes Vía Whatsapp: 2226183917

Dirección:

Av. Reforma #710 Col. Centro Puebla.

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Inspección, supervisión, verificación y vigilancia de las medidas y acciones de Prevención en materia de Protección Civil.

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas Físicas y Personas Morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva y seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio de los establecimientos de los Sujetos Regulados

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar el cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación del riesgo, así como el cumplimiento de su programa interno en materia de protección civil

Periodicidad con la que se realiza:

N/A

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Programadas o por emergencia

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

*Ley del Sistema Estatal de Protección Civil: Artículos 30 fracciones XVI y XVII, 37 fracciones XVIII, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118 y 119. *Reglamento de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla: Artículos 8 fracción XI, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56 y 57. *Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, hoy Secretaría de Gobernación: Artículos 1, 5, fracción VII, 18, 69 y 70, fracción IX. Programa General para la Aprobación y Registro en Materia de Protección Civil: Artículos 3, 13, 21, 22, 26, 27, 34, 36, 37. *Manual de Organización y Procedimientos: MO – 0101011401112015/1 MP – 0101011401112015/3

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Bien mueble o inmueble Personas fisicas y/o morales

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si

Precisar Cuales

Cuando el caso lo requiera se podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla.

Derechos del Sujeto Regulado:

*Solicitar al inspector que se identifique. *Estar presente durante la inspección. *Verificar la orden de inspección. *Recibir copia del acta circunstanciada.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

1. Solicitar al inspector que se identifique. 2. Estar presente durante la inspección. 3. Verificar la orden de inspección. 4. Designar testigos. 5. Manifestar lo que a su interés convenga en el desarrollo de la inspección. 6. Suscribir y recibir copia del acta circunstanciada.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

1. Ley del Sistema Estatal de Protección Civil 2. Reglamento de La Ley del Sistema Estatal de Protección Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla 3. Programa General para la Aprobación y Registro en materia de Protección Civil

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Programa interno de protección civil

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Instrumentos que debe firmar: 1. Citatorio. 2. Orden de inspección. 3. Oficio de comisión. 4. Requerimiento urgente. 5. Acta circunstanciada de acuerdo al giro comercial de la persona fisica o moral (debe ser requsitada y firmada).

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta Circunstanciada

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Sí, mediante citatorio oficial, excepto en casos de emergencias, en los cuales se puede dar aviso de manera posterior a la mitigación de los riesgos de las mismas.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Tres horas aproximado, o según el tiempo que dure la emergencia

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

El Inspector deberá presentar los siguientes documentos: -Credencial de identificación oficial (uso y portación obligatoria durante la diligencia) -Oficio de comisión. -Orden de inspección. -Acta circunstanciada. -Requerimiento urgente.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

*Apercibimiento *Sanción economica (independientemente de las medidas de seguridad que el inspector aplique).

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Verificar el cumplimiento de medidas de prevención y mitigación del riesgo, de su programa interno en materia de protección civil, así como de las obligaciones contempladas en la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, su Reglamento y el Programa General para la Aprobación y Registro en materia de Protección Civil.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Cristian Irvin Morales Mantilla, Jorge López Martínez, Jonathan Soriano Sánchez, Jesús Dario Vela Tuncheu, Leonardo Pérez del Castillo, Jhonatan Ali Vargas Sánchez, Jonathan Enrique González Luna, Manuel Iván de Jesús Rodríguez, William Flores Ruiz,  Germán Marín Zapata, Ivan Rodríguez Sánchez, Mizrraim Ojeda Ramos, Jesús Gamaliel Román López, Mauricio Ramírez Hernández, Jaime Hermenegildo Arriaga, Javier Carmona Ortuño, Raúl Pérez Serrano, René Meza González, Jesús Flores González, José Ignacio Macías Jiménez, José Ángel García Mendoza, José Antonio Ornelas Hernández, Bernardo Javier Medina Lozada, Vicente Barranco Hernández, José de Jesús Rosas Calderón, Alfonso Wenseslao Martínez Hernández, Norma Castillo Barroso, Jesús Emmanuel Reyes Reyes, Oswaldo Reyes Ojeda, Miguel Ángel de la Rosa López y Alan Osvaldo León Vázquez.

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Secretaría de la Función Pública Dirección de Atención a Quejas y Denuncias

Números telefónicos:

Tel: 222 303 46 00 ext. 293464, 293466, 293469 y 293493 Línea PROintegridad: 800-466-37-86

Correo electrónico:

http://prointegridad.puebla.gob.mx/

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

A) Evaluación de simulacros B) Capacitación en materia de protección civil

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

N/A

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

128

Febrero

127

Marzo

128

Abril

155

Mayo

128

Junio

139

Julio

102

Agosto

108

Septiembre

65

Octubre

108

Noviembre

123

Diciembre

126

Total

1437

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

22

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

22

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¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

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Comisión Estatal de Mejora Regulatoria