Listado de inspecciones

Consejería Jurídica del Estado de Puebla.

Dirección de Notarías.

Visita de Inspección Especial (Visita Extraordinaria)

Visita y/o Inspección

Detalles

Dirección de Notarías.

Consejería Jurídica del Estado de Puebla.

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visita de Inspección Especial (Visita Extraordinaria)

Modalidad

No aplica

Homoclave

CJ-01-V/I

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

(222) 2-46-49-02

Dirección:

Calle 20 Sur Número 902 Sótano, Colonia Azcarate, Puebla.

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Visita y/o Inspección

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Notarios Públicos del Estado

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Reactiva

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En las oficinas de la Notaría Pública y/o medios electrónicos y/o Dirección del Archivo de Notarías.

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar los hechos en conocimiento de la autoridad o denunciados por queja de un solicitante de servicio notarial o puestos en conocimiento por vista de cualquier autoridad.

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Forma parte de un procedimiento administrativo llevado en forma de juicio

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 222, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, fracciones II, III, IV, 230, 231, 232, 233, 234, 235 y 236 de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla. Artículos 163, 164 y 165, fracción XXII de la Ley del Notariado abrogada del Estado, en correlación con el sexto transitorio de la Ley del Notariado vigente en el Estado. Artículos 37 del Reglamento de la Ley del Notariado para el estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Protocolo Notarial

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Derecho a nombrar dos testigos. Derecho a manifestar lo que a su derecho convenga en el acta de inspección o en un término no mayor a cinco días hábiles, en escrito por separado, en dicho plazo también podrá ofrecer y desahogar pruebas.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Dar las facilidades que requieran los inspectores para poder practicar la visita.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Ley del Notariado del Estado de Puebla

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

-

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si, acta de visita

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

1 día

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Se notifica en términos de la ley de la materia; al presentarse el inspector que vaya practicar la visita, se identificará ante el Notario, le solicitará designe a dos testigos; se le pedirá al Notario exhiba el o los instrumentos junto con su apéndice relativos a los hechos motivo de la queja, se hará una revisión de los mismos y se levantará un acta en donde se hará constar las irregularidades que se observen y se asentará las aclaraciones y fundamentos que el Notario exponga en su defensa.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Amonestación por escrito, multa, suspensión temporal o cesación de funciones

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Está facultado para revisar parte del protocolo y demás instrumentos notariales, relativos a los hechos o actos que motivaron a la misma; designar a dos testigos en caso de que el Notario no lo haga. Está obligado a identificarse al inicio de la visita; a guardar reserva y discreción; levantar el acta correspondiente y firmarla.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Av. Reforma 1305, CIS San Javier, Col Centro, C.P.72000, Puebla. Puebla

Números telefónicos:

-

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Procedimiento disciplinario a notarios públicos del estado (Asesoría de queja)

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

12

Febrero

9

Marzo

4

Abril

5

Mayo

9

Junio

7

Julio

0

Agosto

0

Septiembre

1

Octubre

10

Noviembre

5

Diciembre

17

Total

79

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Consejería Jurídica del Estado de Puebla.

Dirección de Notarías

Visita de Inspección General (Ordinaria)

Visita y/o Inspección

Detalles

Dirección de Notarías

Consejería Jurídica del Estado de Puebla.

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visita de Inspección General (Ordinaria)

Modalidad

No aplica

Homoclave

CJ-02-V/I

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

(222) 2-46-49-02

Dirección:

Calle 20 Sur Número 902 Sótano, Colonia Azcarate, Puebla.

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Visita y/o Inspección

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Notarios Públicos del Estado

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva y de seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En las oficinas de la Notaría Pública y/o medios electrónicos

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar el cumplimiento de la función notarial, en las formalidades que marca la Ley del Notariado del Estado.

Periodicidad con la que se realiza:

Anual

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Ordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 222, 223, 224, 225, 226, 227, 229, fracciones I, III, IV, 230, 231, 232, 233, 234, 235 y 236 de la Ley del Notariado del Estado de Puebla; Artículos 163 de la Ley del Notariado abrogada del Estado, en correlación con el sexto transitorio de la Ley del Notariado vigente en el Estado. Artículos 37 del Reglamento de la Ley del Notariado para el Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Protocolo Notarial

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Derecho a nombrar dos testigos. Derecho a manifestar lo que a su derecho convenga en el acta de inspección o en un término no mayor a cinco días hábiles, en escrito por separado, en dicho plazo también podrá ofrecer y desahogar pruebas.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Dar las facilidades que requieran los inspectores para poder practicar la visita.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Ley del Notariado para el Estado de Puebla

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

No aplica.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si, acta de visita

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si, 5 días naturales

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Indefinido

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Se notifica en términos de la ley de la materia; al presentarse el inspector que vaya practicar la visita, se identificará ante el Notario, le solicitará designe a dos testigos; se le pedirá al Notario exhiba la totalidad del protocolo a su cargo, o diversas partes éste, así como toda documentación relativa a la función, se hará un revisión total o aleatoria y se levantará un acta en donde se hará constar las irregularidades que se observen y se asentará las aclaraciones y fundamentos que el Notario exponga en su defensa.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Amonestación por escrito, multa, suspensión temporal o cesación de funciones

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Está facultado para revisar todo el protocolo o partes de éste y demás documentación relativa a la función notarial; designar a dos testigos en caso de que el Notario no lo haga. Está obligado a identificarse al inicio de la visita; a guardar reserva y discreción; levantar el acta correspondiente y firmarla.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Av. Reforma 1305, CIS San Javier, Col Centro, C.P.72000, Puebla. Puebla, Módulo 6

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Procedimiento disciplinario a notarios públicos del estado (Asesoría de queja)

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

9

Febrero

12

Marzo

17

Abril

16

Mayo

10

Junio

15

Julio

10

Agosto

0

Septiembre

24

Octubre

12

Noviembre

13

Diciembre

2

Total

140

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos. 

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

Comisión Estatal de Mejora Regulatoria