Listado de inspecciones

Secretaría de Economía

Subsecretaría de Innovación, Competitividad y Emprendimiento

Visitas de Verificación

Supervisión y corroboración

Detalles

Subsecretaría de Innovación, Competitividad y Emprendimiento

Secretaría de Economía

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visitas de Verificación

Modalidad

No aplica

Homoclave

SECONOMIA-01-S/C

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222-229-82-00

Dirección:

Callejón de la 10 Nte. 806, San Francisco Barrio el Alto, 72000 Puebla, Pue.

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión y corroboración

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Persona moral o física con actividad económica

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En domicilio

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar el cumplimiento de compromisos contraídos por la empresa ante el Gobierno del Estado mediante convenio.

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Otro: verificar el cumplimiento de la totalidad o parcialidad de los compromisos convenidos en el proyecto de inversión.

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

De conformidad al artículo 44 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla, la Secretaría podrá realizar visitas de verificación con el objeto de valorar los proyectos de inversión presentados por empresas.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Sujeto de la inspección: compromisos y obligaciones adquiridas por la empresas derivado de la firma de convenio por otorgamiento de incentivo.

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Ser notificado de manera previa a la visita; presentar pruebas de cumplimiento del compromisos dentro de los 5 días posteriores a la notificación; ampliación de plazos para la audiencia para el desahogo pruebas y alegatos, previa autorización de la Secretaría; obtener notificación de la Resolución.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Cumplir, documentar y comprobar los compromisos establecidos en el Convenio referido en el artículo 49; brindar todas las facilidades necesarias para la práctica de las visitas de verificación, así como permitir el acceso, proporcionar toda la información, documentación o instalaciones relacionada con el proyecto.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla y el convenio establecido por el otorgamiento del incentivo.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Según el artículo 61 fracción VI del Reglamento de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable, la empresa deberá presentar los documentos que se van a revisar y que tengan relación con el proyecto de inversión que les fue autorizado, los cuales serán revisados bajo la más estricta confidencialidad.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No existe un formato referente a las Visitas de Inspección, esto toda vez que cada visita deriva de un convenio de otorgamiento de incentivos individualizados; estos convenios contienen condiciones específicas.

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No es obligatorio dar aviso con anticipación.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

De 2 a 4 horas aproximadamente por visita

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Según el Capítulo III, artículo 76, de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla, el Procedimiento de Verificación constará de un conjunto de distintas visitas de verificación en días y horas hábiles, las cuales constan de: 1. Notificación Se iniciará con la notificación de la orden de verificación en el predio o establecimiento de la empresa. Si no se encontrara nadie, se fijará un citatorio en la puerta (haciéndolo constar en el acta correspondiente), apercibiéndolo que la diligencia se llevará a cabo al día siguiente con la persona que se encuentre o algún vecino. Dentro de los 5 días hábiles posteriores a la notificación, la empresa podrá exponer las pruebas pertinentes para acreditar el cumplimiento de sus obligaciones. 2. Audiencia de desahogo de pruebas y alegatos Transcurrido el plazo antes señalado, con o sin la comparecencia de la empresa al procedimiento, se citará dentro de los diez días naturales siguientes a una audiencia para el desahogo de pruebas y alegatos. La Secretaría podrá ampliar el plazo hasta por otros diez días naturales. 3. Resolución. Una vez celebrada la audiencia, con o sin la comparecencia de la empresa, se procederá, dentro de los treinta días naturales siguientes a dictar por escrito, de manera fundada y motivada, la resolución que proceda; dicha resolución será notificada a la empresa en forma personal o por correo certificado con acuse de recibo.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Las sanciones serán distintas de acuerdo al incentivo otorgado a la empresa y estas corresponderán a las infracciones descritas en el artículo 66 de la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla, repercutiendo en multas de acuerdo a la infracción cometida.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Verificar el cumplimiento de los compromisos contraidos bajo convenio con fundamento en lo establecido por la Ley de Desarrollo Económico Sustentable del Estado de Puebla y el Reglamento de la misma.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Callejón 10 Norte 806, Paseo de San Francisco, Barrio de "El Alto" CP 72290, Puebla, Puebla

Números telefónicos:

222-229-82-00 Ext. 5024

Correo electrónico:

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Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

0

Febrero

0

Marzo

0

Abril

0

Mayo

0

Junio

0

Julio

0

Agosto

0

Septiembre

0

Octubre

0

Noviembre

0

Diciembre

0

Total

0

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

Comisión Estatal de Mejora Regulatoria