Listado de inspecciones

Detalles

Dirección General de Contaminación Visual

Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visitas de Verificación, Inspección y Vigilancia en materia de Contaminación Visual

Modalidad

Presencial

Homoclave

SMADSOT-08-VIG/S

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222-227-9331 Ext. 1255

Dirección:

Lateral Recta a Cholula 5.5 km. 2401, San Andrés Cholula, Puebla

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión, Verificación e Inspección

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas Físicas y Personas Morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, Reactiva y de Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En sitio- Lugar en el que se encuentre el Anuncio

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar que los anuncios se encuentren dentro de la normativa aplicable, dar cumplimiento a acuerdos.

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

De oficio; A solicitud de parte, derivado de una denuncia

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, aplicado de manera supletoria de conformidad con el artículo 5 de la Ley para la Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva del Estado de Puebla, artículo 25 BIS fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, artículos 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57 y 58 de la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Anuncios tipo denominativo o de anuncio publicitario como : Adosados, Autosopotados, Anuncio Espectacular, Tótem, Mobiliario Urbano, Vallas Publicitarias, Pendones, Integrados, Salientes, volados o colgantes, Muros de colindancia, Tapiales y Objetos Inflables

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Contar con la orden escrita expedida por la Secretaria en la que se precise el lugar que va a inspeccionarse, objeto de la diligencia y alcance de esta

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Permitir el acceso al personal autorizado para realizar la inspección; Proporcionar información para el desahogo de la diligencia; Contar con la autorización correspondiente para la colocación del anuncio, Conservar el anuncio en condiciones aptas, Colocar placa de identificación del anuncio, Contar con póliza de seguro vigente.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, Ley para la Protección del Ambiente Natural y Desarrollo Sustentable del Estado De Puebla, Ley de Atención y Prevención de La Contaminación Visual y Auditiva Para el Estado de Puebla, Reglamento de la Ley para La Protección al Ambiente Natural y Desarrollo Sustentable para el Estado de Puebla, en Materia de Contaminación Visual, Lineamientos Para la Aplicación del Reglamento de la Ley Para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Prevención y Control de la Contaminación Visual, Reglamento Interior de la Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Recepción de Orden de Visita, Acta de Verificación

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

La Dirección General de Contaminación Visual podrá realizar las Visitas que considere necesarias en cualquier momento del día, sin habilitar días y horas inhábiles

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

30 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Levantamiento de un acta con los requisitos señalados por la legislación aplicable, formulación de observaciones por parte de la persona que atendió la visita, firma del acta, aplicación de medidas correctivas.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

La clausura temporal, parcial o total, de fuentes o establecimientos contaminantes, así como de los anuncios publicitarios que se encuentran fuera de la normatividad establecida; ii. el aseguramiento precautorio de los bienes, tecnologías, utensilios o instrumentos que estén prohibidos por la ley; en sanciones clausura temporal definitiva, parcial o total; iii. arresto administrativo, hasta por treinta y seis horas; iv. revocación de concesiones, cancelación de autorizaciones, permisos o licencias; la reparación del daño ambiental v. retiro de las estructuras de anuncios.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Portar la acreditación, contar con orden de inspección que le faculte; realizar el levantamiento del acta al desahogo de la diligencia, se deberá otorgar acceso al lugar para realizar la diligencia, así como requerir información o documentación y/o medios de prueba que se relacionen con el objeto de la visita .

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Lateral Recta a Cholula 5.5 km. 2401, San Andrés Cholula, Puebla.

Números telefónicos:

222-273-68-00 Ext. 1190

Correo electrónico:

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Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Expedición de permiso para fijar, instalar, ubicar o modificar anuncio denominativo

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

0

Febrero

0

Marzo

71

Abril

21

Mayo

23

Junio

12

Julio

3

Agosto

1

Septiembre

10

Octubre

10

Noviembre

11

Diciembre

11

Total

173

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

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¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos. 

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

Comisión Estatal de Mejora Regulatoria