Listado de inspecciones

Secretaría de Movilidad y Transporte

Departamento de Inspección, perteneciente a la Dirección de Inspección y Vigilancia

Supervisión al Transporte Público y Mercantil

Supervisión

Detalles

Departamento de Inspección, perteneciente a la Dirección de Inspección y Vigilancia

Secretaría de Movilidad y Transporte

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Supervisión al Transporte Público y Mercantil

Modalidad

No aplica

Homoclave

SMOVILIDADYT-01-S

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

2226820023

Dirección:

Av. Rosendo Márquez 1501 , La Paz, Puebla, Pue

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas físicas

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Se realiza en Bases de Transporte Público o en Sitios de Transporte Mercantil

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar que cumplan con las normas de la Ley de Transporte para el Estado de Puebla.

Periodicidad con la que se realiza:

Diaria

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Ordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 135 y 136 de la Ley de Transporte del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Bien mueble (vehículos como: autobús, microbús, Van, etc…)

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

1.-Ser informado de que se le va a supervisar. 2.-Ser informado del proceso de su supervisión. 3.-Ser informado del porqué de la supervisión. 4.-Ser informado del resultado de su supervisión. 5.-Recibir su boleta de infracción (si es el caso). 6.-Recibir su inventario en caso de que se le retenga el vehículo. 7.-Ser informado de qué artículo se infringió.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

1.-Permitir la supervisión. 2.-Presentar la documentación solicitada. 3.-Portar en todo momento los documentos: -Licencia de conducir -Tarjeta de circulación -Tarjetón de concesión -Póliza de Seguro de Vehículos de daños a terceros. 4.-Responder en todo el curso de la supervisión.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE PUEBLA Artículos 5° Bis, 7°, 20°, 21°, fracción II, 22°, 24°, fracciones I, II, IV, V, VI, VIII, IX, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, 33°, 42°, 48°, 49°, 80°, 87° Bis, 100°, 101°, fracciones I, II, IV, VI, VIII, IX, XV, 116°, 125°, 129°, 131°, fracciones I, II, VII, VIII, XIII, V, VI, VII, IX, XVII, 140°, 141°, 143°, 145°, 146° Bis, 146° Quater, 151°, 157°, 159°, 165°, 168° fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, 169°, 173°, 223°.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Tarjeta de Circulación, Tarjetón de Concesión o permiso, Seguro de Viajero, Licencia de Conducir.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

15 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

1.- Se procede a realizar la supervisión, donde se le solicita al operador la documentación correspondiente (identificación, tarjeta de circulación, tarjetón de concesión, etc). 2.- En caso de que se encuentre alguna unidad de transporte público y mercantil incurriendo en alguna falta, se procederá a realizar la boleta de infracción. 3.- Si se llegara a infraccionar, se entrega la boleta original al infractor y las copias se entregan al departamento de Normatividad y Sanciones junto con las garantías de pago (cuando se retiene la unidad y se envía a algún depósito). En materia de vehículos que realicen servicio colectivo sin la autorización correspondiente: 1.- Se genera el documento de comisión por parte del Director de Inspección y Vigilancia hacia los supervisores. 2.- El responsable de los supervisores se coordina con Seguridad Pública y servicio de Grúas. 3.- Se procede a realizar los recorridos necesarios. 4.- Una vez detectada una unidad que está realizando este servicio, en compañía de Seguridad Pública se procede a detener dicha unidad. 5.- Se entrevista a las personas que van a bordo, así como al operador de la unidad. 6.- Se solicita al conductor de la unidad su documentación. 7.- Una vez confirmado el acto delictivo se procede a detener al operador, comienza el arrastre con grúa y se trasladan al C5. 8.- El supervisor únicamente realizará el señalamiento del hecho delictivo, y los elementos de Seguridad Pública procederán a realizar las gestiones correspondientes por el delito “Ataques a las Vías de Comunicación.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Infracción, Detención de vehículo o Retención de un documento en garantía.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Se tiene la facultad de poder supervisar cualquier vehículo que preste un servicio de transporte. Como obligación, se debe informar en todo momento al conductor de la supervisión que se realiza. Se revisan los siguientes documentos: Licencia, Seguro, Tarjetón, Tarjeta de Circulación.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Brenda Berenice Gómez González - Jezabeth Salomón García - Ricardo Cruz Márquez - Wendolain Bahena Montiel - Martha Gordillo Tapia - Ángel Vega Briones - Néstor Demetrio Pacheco Sombrerero - Arturo Rubén García Durán - Andoni García Torres - Nahúm Salazar Vázquez - Eliuth Josafath Montiel Espinosa - Jesús Antonio de la Rosa Mayge - Carlos García Huitzil - César Osiris Flores de la Peña - Rosario Odilón Vite Garrido - Pablo Esau Martínez López - Daniel López González - Francisco Solís González

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Av. Rosendo Márquez 1501, La Paz, 72180 Puebla, Pue

Números telefónicos:

(222) 2-29-06-00 Ext.4510

Correo electrónico:

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Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

239

Febrero

353

Marzo

153

Abril

51

Mayo

132

Junio

137

Julio

279

Agosto

196

Septiembre

289

Octubre

243

Noviembre

197

Diciembre

135

Total

2404

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

723

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

723

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

Comisión Estatal de Mejora Regulatoria