Secretaría de Educación

Visita Domiciliaria a Instituciones Particulares de Educación

La secretaría deberá vigilar y supervisar los servicios educativos respecto de los cuales otorgó la autorización o Reconocimiento de Validez Oficial

Detalles

Secretaría de Educación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visita Domiciliaria a Instituciones Particulares de Educación

Modalidad

Visita de Vigilancia

Homoclave

SE-01-V/I

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222 2-29-69-00 Ext. 4030

Dirección:

Boulevard San Felipe Número 2600, Colonia Jesús González Ortega, Puebla, Puebla

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

La secretaría deberá vigilar y supervisar los servicios educativos respecto de los cuales otorgó la autorización o Reconocimiento de Validez Oficial

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Persona Jurídica , Representante Legal

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva o de seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Calle Albert Einstein, Número 5003, Colonia Joaquín Colombres, Puebla.

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar que los particulares cumplan con las condiciones legales, reglamentarias, administrativas, técnico pedagógicas y de infraestrucura; incluyendo horarios, carga horaria, perfil de docentes así como los planes y programas de estudio, apoyándose en el Mapa Cruricular autorizado por la Secretaría.

Periodicidad con la que se realiza:

Dos durante el ciclo escolar

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Visita de Vigilancia

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla Artículo 32, fraciones I y IV, Ley General de Educación artículo 151, al 165, Acuerdo por el que se Establecen las Báses Generales para Obtener la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para Impartir Educación Inicial, Básica y Media Superior, Así como para la Suspensión, Terminación Voluntaria, Retiro y Revocación de los Mismos, Capítulo V y VI, artículos 28, 29,30,31,32,33, 34, 35, 36, 37, 38

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Inmueble

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si

Precisar Cuales

Personal que se encuentra dado de Alta en el Registro Estatal de Visitas Domiciliarias, Supervisores de Zonas y Niveles Correspondientes

Derechos del Sujeto Regulado:

Ley General de Educación Artículo 161 y 162

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Cumplir con las Condiciones que salvaguarde la integridad Física del Alumno

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Deberá contar con la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial para Impartir Educación Inicial, Básica y Media Suprior, mismas que deben cumplir con las condiciones de Seguridad, Infraestructura, Pedagogía e Higiene.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Credencial expedida por la Secretaría

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

https://sep.puebla.gob.mx/index.php/component/k2/supervisores-2

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Se avisa en manera electrónica o llamada as sus números teléfonicos, para indicarle el día y la hora en que se llevará a cabo su visita.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

5 a 8 horas

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Suspensión Temporal

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Ley General de Educación Artículo 171

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Verificación de cumplimiento con las condiciones de Seguridad, Pedagogía e Higiene para impartir Educación

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Ivan Castillo Carrillo; Raquel Torija Villa; Sthan Carballeda Ana Matilde; Ruiz Manzano Julieta; Gil Ramírez Rosa Griselda; Corona Pichardo Israel; Ortiz Aguayo Mónica; Brizuela Velasco María De los Ángeles; Mendoza Contreras Lizeth; Cruz Sánchez María de Lourdez; Maya López Brenda; Domínguez Ahedo Alejandro Javier; Benítez Sánchez Endy Enrique; Juárez Espinoza Rogelio; Sánchez Galindo Alfonso; Romero y Ortíz José Enrique; Reynoso Hernández Luz María; Cruz Salgado Jorge; Tecuanhuey Huepa María Mireya Elsa; Sánchez Lozano Nelly Angélica; Benítez Trujillo Gabriela; Muñoz Huerta Paulina; Flores Montiel Laura; Ramón Rubín Falfán; Luis Manuel Xicotencatl Flores Torres.

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Boulevard San Felipe No. 2600, Col. Jesús González Ortega C.P. 72040 Puebla Pue.

Números telefónicos:

222 229-69-00 Ext. 1038, 1222

Correo electrónico:

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Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-Modificación a la infraestructura escolar. -Actualización del acuerdo de escuelas particulares. -Aprobación de nombre de escuelas particulares. -Actualización del género autorizado de escuelas particulares. -Adición de planes y programas de escuelas particulares del nivel media superior. -Corrección de datos de escuelas particulares. -Actualización de planes y programas de escuelas particulares del nivel medio superior. -Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir educación inicial, básica y media superior. -Cambio de director de escuelas particulares. -Cambio de nomenclatura de escuelas particulares. -Reapertura de escuelas particulares. -Cambio de representante legal de escuelas particulares. -Cambio de nombre de escuelas particulares. -Cambio de domicilio de escuelas particulares. -Terminación Voluntaria (Cierre Definitivo) de Escuelas Particulares. -Cambio de titular al acuerdo de escuelas particulares. -Crecimiento Gradual de Escuelas Particulares. -Cambio de turno de escuelas particulares. -Nombramiento de director de escuelas particulares. -Autorización de planes y programas de escuelas particulares.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

3

Febrero

3

Marzo

3

Abril

5

Mayo

9

Junio

10

Julio

3

Agosto

12

Septiembre

12

Octubre

3

Noviembre

8

Diciembre

0

Total

71

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

71

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

25

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerido para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Educación

Visita Domiciliaria a Instituciones Particulares de Educación

Cuando requieren de una segunda revisión para obtener Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en Educación Inicial, Básica o Media Superior, así como los trámites que requieren de Visita

Detalles

Secretaría de Educación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visita Domiciliaria a Instituciones Particulares de Educación

Modalidad

Visita Extraordinaria

Homoclave

SE-02-V/I

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222 229-69-00 Ext. 4030

Dirección:

Boulevard San Felipe Número 2600, Colonia Jesús González Ortega, Puebla, Puebla

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Cuando requieren de una segunda revisión para obtener Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en Educación Inicial, Básica o Media Superior, así como los trámites que requieren de Visita

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Persona Jurídica , Representante Legal

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Verificación

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio o establecimiento de los Sujetos Regulados

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Cuando la Visita Inicial fue desfavorable y requiere de una segunda visita, revisar y verificar que los requisitos documentales y físicos, sean acordes a los presentados por los particulares. Cumpliendo con la Infraestructura, Pedagogía e Higiene

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Visita Extraordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla Artículo 32, fraciones I y IV, Ley General de Educación artículo 151, al 165, Acuerdo por el que se Establecen las Báses Generales para Obtener la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para Impartir Educación Inicial, Básica y Media Superior, Así como para la Suspensión, Terminación Voluntaria, Retiro y Revocación de los Mismos, Capítulo V y VI, artículos 28, 29,30,31,32,33, 34, 35, 36, 37, 38

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Inmueble

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si

Precisar Cuales

Personal que se encuentra dado de Alta en el Registro Estatal de Visitas Domiciliarias, Supervisores de Zonas y Niveles Correspondientes

Derechos del Sujeto Regulado:

Ley General de Educación Artículo 161 y 162

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Cumplir con las Condiciones que salvaguarde la integridad Física del Alumno

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Deberá contar con la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial para Impartir Educación Inicial, Básica y Media Suprior, mismas que deben cumplir con las condiciones de Seguridad, Infraestructura, Pedagogía e Higiene.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Credencial expedida por la Secretaría

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

https://sep.puebla.gob.mx/index.php/component/k2/supervisores-2

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Se avisa en manera electrónica o llamada as sus números teléfonicos, para indicarle el día y la hora en que se llevará a cabo su visita.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

5 a 8 horas

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Suspensión Temporal

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Ley General de Educación Artículo 171

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Verificación de cumplimiento con las condiciones de Seguridad, Pedagogía e Higiene para impartir Educación

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Ivan Castillo Carrillo; Raquel Torija Villa; Sthan Carballeda Ana Matilde; Ruiz Manzano Julieta; Gil Ramírez Rosa Griselda; Corona Pichardo Israel; Ortiz Aguayo Mónica; Brizuela Velasco María De los Ángeles; Mendoza Contreras Lizeth; Cruz Sánchez María de Lourdez; Maya López Brenda; Domínguez Ahedo Alejandro Javier; Benítez Sánchez Endy Enrique; Juárez Espinoza Rogelio; Sánchez Galindo Alfonso; Romero y Ortíz José Enrique; Reynoso Hernández Luz María; Cruz Salgado Jorge; Tecuanhuey Huepa María Mireya Elsa; Sánchez Lozano Nelly Angélica; Benítez Trujillo Gabriela; Muñoz Huerta Paulina; Flores Montiel Laura; Ramón Rubín Falfán; Luis Manuel Xicotencatl Flores Torres.

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Blvd. San Felipe No. 2600 Col. J. González Ortega Puebla, Pue. C.P. 72040

Números telefónicos:

222 2-29-69-00 Ext. 1038

Correo electrónico:

www.sep.puebla.gob.mx

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

- Actualización del acuerdo de escuelas particulares. - Actualización del género autorizado de escuelas particulares. - Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir educación inicial, básica y media superior - Reapertura de escuelas particulares. - Cambio de domicilio de escuelas particulares. - Crecimiento Gradual de Escuelas Particulares. - Cambio de turno de escuelas particulares.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

0

Febrero

0

Marzo

0

Abril

0

Mayo

0

Junio

3

Julio

2

Agosto

1

Septiembre

0

Octubre

0

Noviembre

1

Diciembre

0

Total

7

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

7

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerido para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Educación

Visita Domiciliaria a Instituciones Particulares de Educación

Cuando requieren de Obtener Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en Educación Inicial, Básica o Media Superior, así como los trámites que requieren de Visita de Inspección Inicial.

Detalles

Secretaría de Educación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visita Domiciliaria a Instituciones Particulares de Educación

Modalidad

Visita de Verificación Inicial

Homoclave

SE-03-V/I

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222 229-69-00 Ext. 4030

Dirección:

Boulevard San Felipe Número 2600, Colonia Jesús González Ortega, Puebla, Puebla

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Cuando requieren de Obtener Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios, en Educación Inicial, Básica o Media Superior, así como los trámites que requieren de Visita de Inspección Inicial.

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Persona Jurídica , Representante Legal

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Verificación

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio o establecimiento de los Sujetos Regulados

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Visita de Verificación Inicial, revisar y verificar que los requisitos documentales y físicos, sean acordes a los presentados por los particulares. Cumpliendo con la Infraestructura, Pedagogía e Higiene

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Visita de Inspección Inicial

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla Artículo 32, fraciones I y IV, Ley General de Educación artículo 151, al 165, Acuerdo por el que se Establecen las Báses Generales para Obtener la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para Impartir Educación Inicial, Básica y Media Superior, Así como para la Suspensión, Terminación Voluntaria, Retiro y Revocación de los Mismos, Capítulo V y VI, artículos 28, 29,30,31,32,33, 34, 35, 36, 37, 38

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Inmueble

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si

Precisar Cuales

Personal que se encuentra dado de Alta en el Registro Estatal de Visitas Domiciliarias, Supervisores de Zonas y Niveles Correspondientes

Derechos del Sujeto Regulado:

Ley General de Educación Artículo 161 y 162

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Cumplir con las Condiciones que salvaguarde la integridad Física del Alumno

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Deberá contar con la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial para Impartir Educación Inicial, Básica y Media Superior, mismas que deben cumplir con las condiciones de Seguridad, Infraestructura, Pedagogía e Higiene.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Credencial expedida por la Secretaría

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

https://sep.puebla.gob.mx/index.php/component/k2/supervisores-2

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Se avisa en manera electrónica o llamada as sus números teléfonicos, para indicarle el día y la hora en que se llevará a cabo su visita.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

5 a 8 horas

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Suspensión Temporal

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Ley General de Educación Artículo 171

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Verificación de cumplimiento con las condiciones de Seguridad, Pedagogía e Higiene para impartir Educación

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Ivan Castillo Carrillo; Raquel Torija Villa; Sthan Carballeda Ana Matilde; Ruiz Manzano Julieta; Gil Ramírez Rosa Griselda; Corona Pichardo Israel; Ortiz Aguayo Mónica; Brizuela Velasco María De los Ángeles; Mendoza Contreras Lizeth; Cruz Sánchez María de Lourdez; Maya López Brenda; Domínguez Ahedo Alejandro Javier; Benítez Sánchez Endy Enrique; Juárez Espinoza Rogelio; Sánchez Galindo Alfonso; Romero y Ortíz José Enrique; Reynoso Hernández Luz María; Cruz Salgado Jorge; Tecuanhuey Huepa María Mireya Elsa; Sánchez Lozano Nelly Angélica; Benítez Trujillo Gabriela; Muñoz Huerta Paulina; Flores Montiel Laura; Ramón Rubín Falfán; Luis Manuel Xicotencatl Flores Torres.

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Blvd. San Felipe No. 2600 Col. J. González Ortega Puebla, Pue. C.P. 72040 Tel.222-229-69-00 ext. Básica 4025 y Media Superior 4026

Números telefónicos:

222-229-69-00 ext. Básica 4025 y Media Superior 4026

Correo electrónico:

www.sep.puebla.gob.mx

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

- Actualización del acuerdo de escuelas particulares. - Actualización del género autorizado de escuelas particulares. - Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios para impartir educación inicial, básica y media superior - Reapertura de escuelas particulares. - Cambio de domicilio de escuelas particulares. - Crecimiento Gradual de Escuelas Particulares. - Cambio de turno de escuelas particulares.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

2

Febrero

0

Marzo

0

Abril

2

Mayo

0

Junio

0

Julio

0

Agosto

3

Septiembre

0

Octubre

2

Noviembre

0

Diciembre

0

Total

9

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

9

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerido para atender situaciones de emergencia.

Fideicomiso Público de Administración y Garantía denominado "Fondo para el Fortalecimiento de la Microempresa"

Subdirección de Promoción Crédito PyME

Visita domiciliaria para comprobación de uso de crédito y requerimiento de pago

Comprobación de uso de crédito y requerimiento de pago

Detalles

Subdirección de Promoción Crédito PyME

Fideicomiso Público de Administración y Garantía denominado "Fondo para el Fortalecimiento de la Microempresa"

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visita domiciliaria para comprobación de uso de crédito y requerimiento de pago

Modalidad

No aplica

Homoclave

FOFOMI-VD-01

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222 229 82 00 Ext. 5045

Dirección:

Callejón de la 10 Norte, No. 806, Paseo de San Francisco, Barrio El Alto, Puebla, Pue, C.P. 72290

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Comprobación de uso de crédito y requerimiento de pago

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas físicas con actividad empresarial, Régimen de incorporación fiscal y simplificado, así como Personas morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva y de seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio o establecimientos de los Sujetos Regulados

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Que los acreditados beneficiados en el marco del Programa Emergente de Reactivación Económica UDP-FOCIR, comprueben mediante las facturas y recibos correspondientes el uso de crédito otorgado, o en su caso, cumplan con sus compromisos de pago

Periodicidad con la que se realiza:

Quincenal y mensual

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Forma parte de un servicio

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Convocatoria del programa emergente de reactivación económica UPD-FOCIR, Convenio de colaboración que celebran por una parte Nacional Financiera S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo, en su carácter de Fiduciaria En el Fidecomiso denominado Fondo de Capitalización e Inversión del sector rural (FOCIR), por una segunda parte, el Gobierno del Estado de Puebla, por conducto del Titula de la Secretaría de Economía, por una tercera parte, el Fideicomiso Público de Administración y Garantía Denominado "Fondo para el Fortalecimiento de la Microempresa (Intermediario Financiero), recuperación de créditos, cláusula decimo primera inciso b); liga de acceso a la Convocatoria del Programa Emergente de Reactivación Económica UDP_FOCIR http://www.focir.gob.mx/pdfs/CONVOCATORIA_UDP_FOCIR_2022.pdf

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acreditados beneficiados con el otorgamiento de créditos en el marco del Programa Emergente de Reactivación Económica UDP-FOCIR

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Firmar o no de conformidad el formato de Bitácora de Seguimiento y Requerimiento de pago, Inconformarse ante el Órgano Interno de Control del Fideicomiso, por conductas inapropiadas o de corrupción de los visitadores domiciliarios, solicitar aclaraciones de comprobación de uso de créditos y de pagos realizados y los que les concede la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el Código de Comercio y demás normatividad aplicable, en caso de presentación de demandas en la vía ejecutiva mercantil

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Comprobar el uso del crédito otorgado, cumplir con los pagos del crédito otorgado, así como, pagar los intereses ordinarios y moratorios, en su caso, permitir el acceso a las personas designadas por el Fideicomiso, para realizar las visitas de comprobación de uso de crédito y requerimientos de pago respectivos, permitir a las y los visitadores domiciliarios recabar evidencia fotográfica, utilizar el crédito para el objeto aprobado y tener registrado al menos a un trabajador en el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Entregar en tiempo y forma la comprobación del uso del recurso en los 180 naturales que se le otorgan, a partir de su firma de Contrato, a si mismo pagar de forma puntual las amortizaciones, conforme a su tabla y la Convocatoria del Programa Emergente de Reactivación Económica UDP-FOCIR.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Recibos, facturas y comprobantes de pago bancarios

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Formato de Bitácora de Seguimiento y Requerimiento de pago

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Sí, tratándose de la solicitud de documentación comprobatoria de uso créditos, se les llama por teléfono

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

20 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

1. Identificar que el domicilio sea el correcto 2. Proceder hacer el primer acercamiento (tocar el timbre, puerta del domicilio) 3. Presentación y motivo de la visita con la persona que nos reciba 4. Preguntar por el acreditado 5. Dar el seguimiento de la visita según sea el motivo por que el se le esta visitando 6. Llenar la bitácora de la visita 7. Tomar la evidencia fotográfica necesaria 8. Dar las gracias por la tención brindada

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Rescisión de contrato y presentación de demanda en la vía ejecutiva mercantil

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Conducirse con todo respeto y de forma honesta con los acreditados del Programa Emergente de Reactivación Económica UDP-FOCIR, realizar visitas domiciliarias, con el fin de solicitar las comprobaciones de uso de créditos otorgados, requerir pagos de crédito, intereses ordinarios y moratorios, tomar fotografías, recabar recibos, facturas y comprobantes de pago.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Callejón de la 10 norte, número 806, Barrio El Alto Puebla Pue.

Números telefónicos:

222-229-82-00 Ext. 5094

Correo electrónico:

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Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No aplica

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No aplica

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

37

Febrero

12

Marzo

26

Abril

22

Mayo

10

Junio

16

Julio

20

Agosto

29

Septiembre

33

Octubre

17

Noviembre

20

Diciembre

18

Total

260

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

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Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial

Dirección General de Contaminación Visual

Visitas de Verificación, Inspección y Vigilancia en materia de Contaminación Visual

Supervisión, Verificación e Inspección

Detalles

Dirección General de Contaminación Visual

Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visitas de Verificación, Inspección y Vigilancia en materia de Contaminación Visual

Modalidad

Presencial

Homoclave

SMADSOT-08-VIG/S

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222-227-9331 Ext. 1255

Dirección:

Lateral Recta a Cholula 5.5 km. 2401, San Andrés Cholula, Puebla

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión, Verificación e Inspección

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas Físicas y Personas Morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, Reactiva y de Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En sitio donde se encuentre el Anuncio

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar que los anuncios se encuentren dentro de la normativa aplicable, dar cumplimiento a acuerdos.

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

De oficio; A solicitud de parte, derivado de una denuncia

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Código de Procedimientos Civiles para el Estado Libre y Soberano de Puebla, aplicado de manera supletoria de conformidad con el artículo 5 de la Ley para la Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva del Estado de Puebla, artículo 25 BIS fracción VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial, artículos 51, 52, 53, 54, 55, 56, 57 y 58 de la Ley de Atención y Prevención de la Contaminación Visual y Auditiva del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Anuncios autosoportado, mupi, unipolar, totem, valla publicitaria.

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Contar con la orden escrita expedida por la Secretaria en la que se precise el lugar que va a inspeccionarse, objeto de la diligencia y alcance de esta

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Permitir el acceso al personal autorizado para realizar la inspección; Proporcionar información para el desahogo de la diligencia; Contar con la autorización correspondiente para la colocación del anuncio, Conservar el anuncio en condiciones aptas, Colocar placa de identificación del anuncio, Contar con póliza de seguro vigente.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Constitución del Estado Libre y Soberano de Puebla, Ley para la Protección del Ambiente Natural y Desarrollo Sustentable del Estado De Puebla, Ley de Atención y Prevención de La Contaminación Visual y Auditiva Para el Estado de Puebla, Reglamento de la Ley para La Protección al Ambiente Natural y Desarrollo Sustentable para el Estado de Puebla, en Materia de Contaminación Visual, Lineamientos Para la Aplicación del Reglamento de la Ley Para la Protección del Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Prevención y Control de la Contaminación Visual, Reglamento Interior de la Secretaria de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Autorización emitida por la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Recepción de Orden de Visita, Acta de Verificación

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

La Dirección General de Contaminación Visual podrá realizar las Visitas que considere necesarias en cualquier momento del día, sin habilitar días y horas inhábiles

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

30 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Levantamiento de un acta con los requisitos señalados por la legislación aplicable, formulación de observaciones por parte de la persona que atendió la visita, firma del acta, aplicación de medidas correctivas. Imposición de Sanciones.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

La clausura temporal, parcial o total, de fuentes o establecimientos contaminantes, así como de los anuncios publicitarios que se encuentran fuera de la normatividad establecida; ii. el aseguramiento precautorio de los bienes, tecnologías, utensilios o instrumentos que estén prohibidos por la ley; en sanciones clausura temporal definitiva, parcial o total; iii. arresto administrativo, hasta por treinta y seis horas; iv. revocación de concesiones, cancelación de autorizaciones, permisos o licencias; la reparación del daño ambiental v. retiro de las estructuras de anuncios.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Portar la acreditación, contar con orden de inspección que le faculte; realizar el levantamiento del acta al desahogo de la diligencia, se deberá otorgar acceso al lugar para realizar la diligencia, así como requerir información o documentación y/o medios de prueba que se relacionen con el objeto de la visita .

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Lateral Recta a Cholula 5.5 km. 2401, San Andrés Cholula, Puebla.

Números telefónicos:

2222279331, EXT. 1255

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Expedición de permiso para fijar, instalar, ubicar o modificar anuncios denominativos y publicitarios

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

0

Febrero

0

Marzo

0

Abril

0

Mayo

0

Junio

0

Julio

0

Agosto

0

Septiembre

0

Octubre

0

Noviembre

0

Diciembre

0

Total

0

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos. 

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno

Dirección de Padrones

Corroboración domiciliaria

Corroboración

Detalles

Dirección de Padrones

Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Corroboración domiciliaria

Modalidad

No aplica

Homoclave

SFUNCIONP-01-C

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222-303-4600 ext. 293402

Dirección:

Boulevard Atlixcáyotl 1101. Col. Concepción Las Lajas (CIS) Edificio Ejecutivo 3er. Piso, Puebla, Pue. C.P. 72190

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Corroboración

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas físicas y morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio o establecimiento de los solicitantes del trámite

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Corroborar la veracidad de la información presentada por la persona física o moral

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Forma parte del trámite o servicio

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Manual de Procedimientos para la Inscripción o Revalidación al Padrón de Proveedores del Estado de Puebla y el Listado de Contratistas Calificados y laboratorios de pruebas y control de calidad

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Domicilio fiscal reportado por el solicitante

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Exigir la identificación del servidor público que realiza la corroboración domiciliaria, de acuerdo a lo establecido en Manual de Procedimientos para la Inscripción o Revalidación al Padrón de Proveedores el Estado de Puebla y El Listado de Contratistas Calificados y Laboratorios de Pruebas y Control de Calidad.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Identificarse plenamente con alguna identificación oficial. Permitir la toma de fotografías o video al servidor público, de acuerdo al Manual de Procedimientos para la Inscripción o Revalidación al Padrón de Proveedores del Estado de Puebla y el Listado de Contratistas Calificados y laboratorios de pruebas y control de calidad

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Las establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas; Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; Manual de Procedimientos para la Inscripción, Revalidación, al Padrón de Proveedores del Estado de Puebla y el Listado de Contratistas Calificados y Laboratorios de Pruebas y Control de Calidad.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Identificación oficial

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No debe llenar ningún formato.

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No se informa

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

15 a 30 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

1. Apersonarse e identificarse, 2. Preguntar por el Representante Legal, 3. Explicarle el motivo de la visita, 4. Tomar fotografías, 5. Levantar acta correspondiente debidamente requisitada.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Afirmativa o Negativa a la inscripción al Padrón de Proveedores o el Listado de Contratistas del Estado de Puebla

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Identificarse como servidor público adscrito a la Dirección de Padrones de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Blvd. Atlixcáyotl 1101, Col. Concepción las Lajas (CIS) Edificio Ejecutivo 3er piso, Puebla, Pue.

Números telefónicos:

222-303-4600 ext. 293420

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-Inscripción y/o revalidación al padrón de proveedores del Gobierno del Estado de Puebla. -Listado de contratistas calificados y laboratorios de pruebas y control de calidad.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

20

Febrero

20

Marzo

20

Abril

20

Mayo

20

Junio

20

Julio

20

Agosto

20

Septiembre

20

Octubre

20

Noviembre

20

Diciembre

20

Total

240

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Desarrollo Rural

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Acciones de inspección, verificación y vigilancia relacionadas a la movilización de animales productos y subproductos pecuarios, y otros sitios de inspección fijos

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Detalles

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Secretaría de Desarrollo Rural

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Acciones de inspección, verificación y vigilancia relacionadas a la movilización de animales productos y subproductos pecuarios, y otros sitios de inspección fijos

Modalidad

No aplica

Homoclave

SDESARROLLOR-02-VER

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

(222) 227 41 01 Ext. 1016

Dirección:

Calle 22 oriente #1413, Barrio El Alto

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

La persona con quien se entienda la inspección

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva o de seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Otro:Unidades de Producción, centros de mejoramiento pecuario, estanques, cuerpos de agua y demás lugares semejantes; Lugares de embarque y centros de certificación de origen; Vías de Tránsito; Puntos de verificación zoosanitaria e inspección; Centros de sacrificio y comercio; Establecimientos donde se industrialicen o comercialicen; Centros de acopio, mercados, ferias, exposiciones o espectáculos ganaderos; Rutas o zonas de pecoreo, bodegas, plantas de extracción y procesamiento apícola; La movilización de colmenas pobladas, sus productos y subproductos; y Cualquier otro lugar en donde se desempeñe alguna actividad pecuaria.

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar la legal procedencia del ganado, Productos y subproductos, así como la sanidad de los mismos, verificación de la inocuidad y sanidad en puntos de verificación fijos.

Periodicidad con la que se realiza:

Diaria durante 15 dias

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificación, ordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 40, 42 fracción l y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 82 primer párrafo, 83 primer párrafo y 123 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla: 1 párrafos primero y segundo, 2, 3, 13 párrafo primero, 15 párrafo primero 30 fracciones VIII y XII, 31 fracción IX y 40 fracciones II y XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 2, 5 fracción II 15 fracciones V y XXV y 20 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla: 7 fracción II, 10 fracciones VI, XXVI, XXIX, XXXI y XXXII, 58, 59, 95, 96 y 97, 134 primer párrafo y 135 de la Ley Ganadera para el Estado de Puebla; 16 fracciones I, XII, XVI Y XX, 59, 69 párrafo segundo, 70 y 71 de La Ley de Sanidad Vegetal del Estado de Puebla, 30 párrafo primero, 37 fracciones I Y II, 43 fracción I y 51 de la Ley de Fomento a la Acuacultura y Pesca Sustentable del Estado de Puebla disposiciones todas ellas relacionadas con el artículo séptimo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el treinta y uno de julio de dos mil diecinueve; Acuerdo de la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado, por el que delega al titular de la Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria de esta Secretaría, las facultades para ejercer acciones de Verificación, Inspección y Vigilancia en materia de apicultura, sanidad vegetal, sanidad e inocuidad pecuaria, acuícola y pesquera, y legal procedencia de ganado, especies acuícolas y pesqueras, sus productos, Convenio de Coordinación para realizar acciones de verificación e inspección vinculadas al control de la movilización agropecuaria, acuícola y pesquera.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Unidades de Producción, centros de mejoramiento pecuario, estanques, cuerpos de agua y demás lugares semejantes; Lugares de embarque y centros de certificación de origen; Vías de Tránsito; Puntos de verificación zoosanitaria e inspección; Centros de sacrificio y comercio; Establecimientos donde se industrialicen o comercialicen; Centros de acopio, mercados, ferias, exposiciones o espectáculos ganaderos; Rutas o zonas de pecoreo, bodegas, plantas de extracción y procesamiento apícola; La movilización de colmenas pobladas, sus productos y subproductos; y Cualquier otro lugar en donde se desempeñe alguna actividad pecuaria.

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Antes de finalizar la inspección, se dará oportunidad a la persona con la que se entendió la misma para que en ese acto formule sus observaciones, con relación a los hechos u omisiones asentados en el acta respectiva

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Proporcionar toda clase de información física o documentalque conduzca a la verificaciòn del cumplimiento de la normatividad vigente

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

La que marcan en Ley Ganadera para el Estado de Puebla y su reglamento.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Documentos que amparen la propiedad y sanidad de animales productos y su productos movilizados, libros de registro.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta de Inspección

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Formato

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

60 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Habilitar al personal de la Secretaría de Desarrollo Rural que se requiera para llevar a cabo notificación y realizar actos de Inspección, Verificación y/o Vigilancia. Recibir Orden de Visita de Inspección y comisionar al (os) Inspector (es), a realizarla. Entregar citatorio para la inspección. Solicitar los documentos que amparen la propiedad y sanidad de animales productos y su productos movilizados, Se levanta el Acta de Inspección Si infringe la ley Se levanta acta y se hace el aseguramiento precautorio de los bienes o se dentermina las medidas de seguridad.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

La clausura temporal, parcial o total de centros de sacrificio, de cernideros, unidades de producción o apiarios, que no cuenten con la autorización correspondiente, el aseguramiento precautorio de los bienes, utensilios o instrumentos directamente relacionados con las unidades de producción pecuaria, establecidas en el Estado.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

El personal deberá estar debidamente autorizado y acreditado para llevar a cabo acciones de inspección y vigilancia, para comprobar que se cumplan con las medidas establecidas en la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables;

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

1.- Cesar Sebastian Nieto 2.- José Elías Carmona Bello

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

22 oriente # 1413, Barrio de El Alto, Puebla Pue.

Números telefónicos:

(222)2-27-41-01 ext. 1059

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

1

Febrero

1

Marzo

1

Abril

2

Mayo

3

Junio

2

Julio

1

Agosto

1

Septiembre

2

Octubre

2

Noviembre

3

Diciembre

2

Total

21

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

21

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

14

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerido para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Movilidad y Transporte

Departamento de Inspección, perteneciente a la Dirección de Inspección y Vigilancia

Supervisión al Transporte Público y Mercantil

Supervisión

Detalles

Departamento de Inspección, perteneciente a la Dirección de Inspección y Vigilancia

Secretaría de Movilidad y Transporte

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Supervisión al Transporte Público y Mercantil

Modalidad

No aplica

Homoclave

SMOVILIDADYT-01-S

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

2226820023

Dirección:

Av. Rosendo Márquez 1501 , La Paz, Puebla, Pue

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas físicas

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Se realiza en Bases de Transporte Público o en Sitios de Transporte Mercantil

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar que cumplan con las normas de la Ley de Transporte para el Estado de Puebla.

Periodicidad con la que se realiza:

Diaria

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Ordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 135 y 136 de la Ley de Transporte del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Bien mueble (vehículos como: autobús, microbús, Van, etc…)

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

1.-Ser informado de que se le va a supervisar. 2.-Ser informado del proceso de su supervisión. 3.-Ser informado del porqué de la supervisión. 4.-Ser informado del resultado de su supervisión. 5.-Recibir su boleta de infracción (si es el caso). 6.-Recibir su inventario en caso de que se le retenga el vehículo. 7.-Ser informado de qué artículo se infringió.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

1.-Permitir la supervisión. 2.-Presentar la documentación solicitada. 3.-Portar en todo momento los documentos: -Licencia de conducir -Tarjeta de circulación -Tarjetón de concesión -Póliza de Seguro de Vehículos de daños a terceros. 4.-Responder en todo el curso de la supervisión.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE PUEBLA Artículos 5° Bis, 7°, 20°, 21°, fracción II, 22°, 24°, fracciones I, II, IV, V, VI, VIII, IX, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, 33°, 42°, 48°, 49°, 80°, 87° Bis, 100°, 101°, fracciones I, II, IV, VI, VIII, IX, XV, 116°, 125°, 129°, 131°, fracciones I, II, VII, VIII, XIII, V, VI, VII, IX, XVII, 140°, 141°, 143°, 145°, 146° Bis, 146° Quater, 151°, 157°, 159°, 165°, 168° fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, 169°, 173°, 223°.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Tarjeta de Circulación, Tarjetón de Concesión o permiso, Seguro de Viajero, Licencia de Conducir.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

15 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

1.- Se procede a realizar la supervisión, donde se le solicita al operador la documentación correspondiente (identificación, tarjeta de circulación, tarjetón de concesión, etc). 2.- En caso de que se encuentre alguna unidad de transporte público y mercantil incurriendo en alguna falta, se procederá a realizar la boleta de infracción. 3.- Si se llegara a infraccionar, se entrega la boleta original al infractor y las copias se entregan al departamento de Normatividad y Sanciones junto con las garantías de pago (cuando se retiene la unidad y se envía a algún depósito). En materia de vehículos que realicen servicio colectivo sin la autorización correspondiente: 1.- Se genera el documento de comisión por parte del Director de Inspección y Vigilancia hacia los supervisores. 2.- El responsable de los supervisores se coordina con Seguridad Pública y servicio de Grúas. 3.- Se procede a realizar los recorridos necesarios. 4.- Una vez detectada una unidad que está realizando este servicio, en compañía de Seguridad Pública se procede a detener dicha unidad. 5.- Se entrevista a las personas que van a bordo, así como al operador de la unidad. 6.- Se solicita al conductor de la unidad su documentación. 7.- Una vez confirmado el acto delictivo se procede a detener al operador, comienza el arrastre con grúa y se trasladan al C5. 8.- El supervisor únicamente realizará el señalamiento del hecho delictivo, y los elementos de Seguridad Pública procederán a realizar las gestiones correspondientes por el delito “Ataques a las Vías de Comunicación.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Infracción, Detención de vehículo o Retención de un documento en garantía.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Se tiene la facultad de poder supervisar cualquier vehículo que preste un servicio de transporte. Como obligación, se debe informar en todo momento al conductor de la supervisión que se realiza. Se revisan los siguientes documentos: Licencia, Seguro, Tarjetón, Tarjeta de Circulación.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Brenda Berenice Gómez González - Jezabeth Salomón García - Ricardo Cruz Márquez - Wendolain Bahena Montiel - Martha Gordillo Tapia - Ángel Vega Briones - Néstor Demetrio Pacheco Sombrerero - Arturo Rubén García Durán - Andoni García Torres - Nahúm Salazar Vázquez - Eliuth Josafath Montiel Espinosa - Jesús Antonio de la Rosa Mayge - Carlos García Huitzil - César Osiris Flores de la Peña - Rosario Odilón Vite Garrido - Pablo Esau Martínez López - Daniel López González - Francisco Solís González

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Av. Rosendo Márquez 1501, La Paz, 72180 Puebla, Pue

Números telefónicos:

(222) 2-29-06-00 Ext.4510

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

239

Febrero

353

Marzo

153

Abril

51

Mayo

132

Junio

137

Julio

279

Agosto

196

Septiembre

289

Octubre

243

Noviembre

197

Diciembre

135

Total

2404

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

723

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

723

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

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A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

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