Secretaría de la Función Pública

Dirección de Padrones

Corroboración domiciliaria

Corroboración

Detalles

Dirección de Padrones

Secretaría de la Función Pública

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Corroboración domiciliaria

Modalidad

No aplica

Homoclave

SFUNCIONP-01-C

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222-303-4600 ext. 293402

Dirección:

Boulevard Atlixcáyotl 1101. Col. Concepción Las Lajas (CIS) Edificio Ejecutivo 3er. Piso, Puebla, pue. C.P. 72190

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Corroboración

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas físicas, personas físicas con actividad empresarial, personas morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio o establecimiento de los solicitantes del trámite

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Corroborar la veracidad de la información presentada por la persona física o moral

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Forma parte del trámite o servicio

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Manual de Procedimientos para la Inscripción o Revalidación al Padrón de Proveedores del Estado de Puebla y el Listado de Contratistas Calificados y laboratorios de pruebas y control de calidad

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Domicilio fiscal reportado por el solicitante

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Exigir la identificación del servidor público que realiza la corroboración domiciliaria, de acuerdo a lo establecido en Manual de Procedimientos para la Inscripción o Revalidación al Padrón de Proveedores el Estado de Puebla y El Listado de Contratistas Calificados y Laboratorios de Pruebas y Control de Calidad.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Identificarse plenamente con alguna identificación oficial. Permitir la toma de fotografías o video al servidor público, de acuerdo al Manual de Procedimientos para la Inscripción o Revalidación al Padrón de Proveedores del Estado de Puebla y el Listado de Contratistas Calificados y laboratorios de pruebas y control de calidad.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Las establecidas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas. Reglamento Interior de la Secretaría de la Función Pública. Manual de Procedimientos para la Inscripción, Revalidación, al Padrón de Proveedores del Estado de Puebla y el Listado de Contratistas Calificados y Laboratorios de Pruebas y Control de Calidad.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Identificación oficial: Credencial de elector expedida por el Instituto Nacional Electoral; pasaporte expedido por la Secretaría de Relaciones Exteriores, o cédula profesional expedida por la Secretaría de Educación Pública.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No debe llenar ningún formato.

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No se informa

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

15 a 30 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Apersonarse e identificarse, preguntar por el Representante Legal, Explicarle el motivo de la visita, Tomar fotografías y Levantar acta correspondiente debidamente requisitada.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Afirmativa o Negativa a la inscripción al Padrón de Proveedores o el Listado de Contratistas del Estado de Puebla

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Identificarse como servidor público adscrito a la Dirección de Padrones de la Secretaría de la Función Pública del Estado de Puebla

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Luis Daniel Trejo Fragoso

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Blvd. Atlixcáyotl 1101, Col. Concepción las Lajas (CIS) Edificio Ejecutivo 3er piso, Puebla, Pue.

Números telefónicos:

222-303-4600 ext. 293420

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

10

Febrero

10

Marzo

10

Abril

10

Mayo

10

Junio

10

Julio

10

Agosto

10

Septiembre

10

Octubre

10

Noviembre

10

Diciembre

10

Total

120

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Desarrollo Rural

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Acciones de inspección, verificación y vigilancia relacionadas a la movilización de animales productos y subproductos pecuarios, y otros sitios de inspección fijos

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Detalles

Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria

Secretaría de Desarrollo Rural

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Acciones de inspección, verificación y vigilancia relacionadas a la movilización de animales productos y subproductos pecuarios, y otros sitios de inspección fijos

Modalidad

No aplica

Homoclave

SDESARROLLOR-02-VER

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

(222) 227 41 01 Ext. 1016

Dirección:

Calle 22 oriente #1413, Barrio El Alto

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

verificación; vigilancia, control, supervisión, corroboración

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

La persona con quien se entienda la inspección

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva o de seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Otro:Unidades de Producción, centros de mejoramiento pecuario, estanques, cuerpos de agua y demás lugares semejantes; Lugares de embarque y centros de certificación de origen; Vías de Tránsito; Puntos de verificación zoosanitaria e inspección; Centros de sacrificio y comercio; Establecimientos donde se industrialicen o comercialicen; Centros de acopio, mercados, ferias, exposiciones o espectáculos ganaderos; Rutas o zonas de pecoreo, bodegas, plantas de extracción y procesamiento apícola; La movilización de colmenas pobladas, sus productos y subproductos; y Cualquier otro lugar en donde se desempeñe alguna actividad pecuaria.

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar la legal procedencia del ganado, Productos y subproductos, así como la sanidad de los mismos, verificación de la inocuidad y sanidad en puntos de verificación fijos.

Periodicidad con la que se realiza:

Diaria durante 15 dias

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificación, ordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 40, 42 fracción l y 43 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: 82 primer párrafo, 83 primer párrafo y 123 primer párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Puebla: 1 párrafos primero y segundo, 2, 3, 13 párrafo primero, 15 párrafo primero 30 fracciones VIII y XII, 31 fracción IX y 40 fracciones II y XVIII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Puebla; 1, 2, 5 fracción II 15 fracciones V y XXV y 20 fracción XIV del Reglamento Interior de la Secretaria de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado de Puebla: 7 fracción II, 10 fracciones VI, XXVI, XXIX, XXXI y XXXII, 58, 59, 95, 96 y 97, 134 primer párrafo y 135 de la Ley Ganadera para el Estado de Puebla; 16 fracciones I, XII, XVI Y XX, 59, 69 párrafo segundo, 70 y 71 de La Ley de Sanidad Vegetal del Estado de Puebla, 30 párrafo primero, 37 fracciones I Y II, 43 fracción I y 51 de la Ley de Fomento a la Acuacultura y Pesca Sustentable del Estado de Puebla disposiciones todas ellas relacionadas con el artículo séptimo transitorio del Decreto del Honorable Congreso del Estado, por el que expide la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el treinta y uno de julio de dos mil diecinueve; Acuerdo de la Secretaría de Desarrollo Rural del Gobierno del Estado, por el que delega al titular de la Dirección de Sanidad e Inocuidad Pecuaria de esta Secretaría, las facultades para ejercer acciones de Verificación, Inspección y Vigilancia en materia de apicultura, sanidad vegetal, sanidad e inocuidad pecuaria, acuícola y pesquera, y legal procedencia de ganado, especies acuícolas y pesqueras, sus productos, Convenio de Coordinación para realizar acciones de verificación e inspección vinculadas al control de la movilización agropecuaria, acuícola y pesquera.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Unidades de Producción, centros de mejoramiento pecuario, estanques, cuerpos de agua y demás lugares semejantes; Lugares de embarque y centros de certificación de origen; Vías de Tránsito; Puntos de verificación zoosanitaria e inspección; Centros de sacrificio y comercio; Establecimientos donde se industrialicen o comercialicen; Centros de acopio, mercados, ferias, exposiciones o espectáculos ganaderos; Rutas o zonas de pecoreo, bodegas, plantas de extracción y procesamiento apícola; La movilización de colmenas pobladas, sus productos y subproductos; y Cualquier otro lugar en donde se desempeñe alguna actividad pecuaria.

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Antes de finalizar la inspección, se dará oportunidad a la persona con la que se entendió la misma para que en ese acto formule sus observaciones, con relación a los hechos u omisiones asentados en el acta respectiva

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Proporcionar toda clase de información física o documentalque conduzca a la verificaciòn del cumplimiento de la normatividad vigente

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

La que marcan en Ley Ganadera para el Estado de Puebla y su reglamento.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Documentos que amparen la propiedad y sanidad de animales productos y su productos movilizados, libros de registro.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta de Inspección

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Formato

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

60 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Habilitar al personal de la Secretaría de Desarrollo Rural que se requiera para llevar a cabo notificación y realizar actos de Inspección, Verificación y/o Vigilancia. Recibir Orden de Visita de Inspección y comisionar al (os) Inspector (es), a realizarla. Entregar citatorio para la inspección. Solicitar los documentos que amparen la propiedad y sanidad de animales productos y su productos movilizados, Se levanta el Acta de Inspección Si infringe la ley Se levanta acta y se hace el aseguramiento precautorio de los bienes o se dentermina las medidas de seguridad.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

La clausura temporal, parcial o total de centros de sacrificio, de cernideros, unidades de producción o apiarios, que no cuenten con la autorización correspondiente, el aseguramiento precautorio de los bienes, utensilios o instrumentos directamente relacionados con las unidades de producción pecuaria, establecidas en el Estado.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

El personal deberá estar debidamente autorizado y acreditado para llevar a cabo acciones de inspección y vigilancia, para comprobar que se cumplan con las medidas establecidas en la presente Ley y demás disposiciones legales aplicables;

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

1.- Cesar Sebastian Nieto 2.- José Elías Carmona Bello

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

22 oriente # 1413, Barrio de El Alto, Puebla Pue.

Números telefónicos:

(222)2-27-41-01 ext. 1059

Correo electrónico:

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Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

1

Febrero

1

Marzo

1

Abril

2

Mayo

3

Junio

2

Julio

1

Agosto

1

Septiembre

2

Octubre

2

Noviembre

3

Diciembre

2

Total

21

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

21

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

14

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerido para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Movilidad y Transporte

Departamento de Inspección, perteneciente a la Dirección de Inspección y Vigilancia

Supervisión al Transporte Público y Mercantil

Supervisión

Detalles

Departamento de Inspección, perteneciente a la Dirección de Inspección y Vigilancia

Secretaría de Movilidad y Transporte

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Supervisión al Transporte Público y Mercantil

Modalidad

No aplica

Homoclave

SMOVILIDADYT-01-S

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

2226820023

Dirección:

Av. Rosendo Márquez 1501 , La Paz, Puebla, Pue

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas físicas

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Se realiza en Bases de Transporte Público o en Sitios de Transporte Mercantil

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar que cumplan con las normas de la Ley de Transporte para el Estado de Puebla.

Periodicidad con la que se realiza:

Diaria

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Ordinaria

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 135 y 136 de la Ley de Transporte del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Bien mueble (vehículos como: autobús, microbús, Van, etc…)

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

1.-Ser informado de que se le va a supervisar. 2.-Ser informado del proceso de su supervisión. 3.-Ser informado del porqué de la supervisión. 4.-Ser informado del resultado de su supervisión. 5.-Recibir su boleta de infracción (si es el caso). 6.-Recibir su inventario en caso de que se le retenga el vehículo. 7.-Ser informado de qué artículo se infringió.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

1.-Permitir la supervisión. 2.-Presentar la documentación solicitada. 3.-Portar en todo momento los documentos: -Licencia de conducir -Tarjeta de circulación -Tarjetón de concesión -Póliza de Seguro de Vehículos de daños a terceros. 4.-Responder en todo el curso de la supervisión.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

REGLAMENTO DE LA LEY DE TRANSPORTE DEL ESTADO DE PUEBLA Artículos 5° Bis, 7°, 20°, 21°, fracción II, 22°, 24°, fracciones I, II, IV, V, VI, VIII, IX, XII, XIII, XIV, XV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXI, 33°, 42°, 48°, 49°, 80°, 87° Bis, 100°, 101°, fracciones I, II, IV, VI, VIII, IX, XV, 116°, 125°, 129°, 131°, fracciones I, II, VII, VIII, XIII, V, VI, VII, IX, XVII, 140°, 141°, 143°, 145°, 146° Bis, 146° Quater, 151°, 157°, 159°, 165°, 168° fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, 169°, 173°, 223°.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Tarjeta de Circulación, Tarjetón de Concesión o permiso, Seguro de Viajero, Licencia de Conducir.

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

15 minutos

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

1.- Se procede a realizar la supervisión, donde se le solicita al operador la documentación correspondiente (identificación, tarjeta de circulación, tarjetón de concesión, etc). 2.- En caso de que se encuentre alguna unidad de transporte público y mercantil incurriendo en alguna falta, se procederá a realizar la boleta de infracción. 3.- Si se llegara a infraccionar, se entrega la boleta original al infractor y las copias se entregan al departamento de Normatividad y Sanciones junto con las garantías de pago (cuando se retiene la unidad y se envía a algún depósito). En materia de vehículos que realicen servicio colectivo sin la autorización correspondiente: 1.- Se genera el documento de comisión por parte del Director de Inspección y Vigilancia hacia los supervisores. 2.- El responsable de los supervisores se coordina con Seguridad Pública y servicio de Grúas. 3.- Se procede a realizar los recorridos necesarios. 4.- Una vez detectada una unidad que está realizando este servicio, en compañía de Seguridad Pública se procede a detener dicha unidad. 5.- Se entrevista a las personas que van a bordo, así como al operador de la unidad. 6.- Se solicita al conductor de la unidad su documentación. 7.- Una vez confirmado el acto delictivo se procede a detener al operador, comienza el arrastre con grúa y se trasladan al C5. 8.- El supervisor únicamente realizará el señalamiento del hecho delictivo, y los elementos de Seguridad Pública procederán a realizar las gestiones correspondientes por el delito “Ataques a las Vías de Comunicación.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Infracción, Detención de vehículo o Retención de un documento en garantía.

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Se tiene la facultad de poder supervisar cualquier vehículo que preste un servicio de transporte. Como obligación, se debe informar en todo momento al conductor de la supervisión que se realiza. Se revisan los siguientes documentos: Licencia, Seguro, Tarjetón, Tarjeta de Circulación.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Brenda Berenice Gómez González - Jezabeth Salomón García - Ricardo Cruz Márquez - Wendolain Bahena Montiel - Martha Gordillo Tapia - Ángel Vega Briones - Néstor Demetrio Pacheco Sombrerero - Arturo Rubén García Durán - Andoni García Torres - Nahúm Salazar Vázquez - Eliuth Josafath Montiel Espinosa - Jesús Antonio de la Rosa Mayge - Carlos García Huitzil - César Osiris Flores de la Peña - Rosario Odilón Vite Garrido - Pablo Esau Martínez López - Daniel López González - Francisco Solís González

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Av. Rosendo Márquez 1501, La Paz, 72180 Puebla, Pue

Números telefónicos:

(222) 2-29-06-00 Ext.4510

Correo electrónico:

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Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

239

Febrero

353

Marzo

153

Abril

51

Mayo

132

Junio

137

Julio

279

Agosto

196

Septiembre

289

Octubre

243

Noviembre

197

Diciembre

135

Total

2404

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

723

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

723

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Gobernación

Dirección General de Ejecución de Sanciones y Medidas, Área de especialistas

Visitas domiciliarias para evaluación de riesgo, verificación de redes de apoyo, supervisión de cumplimiento de condiciones en sustitutivos de la pena

Supervisión, Corroboración, Comprobación

Detalles

Dirección General de Ejecución de Sanciones y Medidas, Área de especialistas

Secretaría de Gobernación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visitas domiciliarias para evaluación de riesgo, verificación de redes de apoyo, supervisión de cumplimiento de condiciones en sustitutivos de la pena

Modalidad

Evaluación de riesgo, Verificación de redes de apoyo, Supervisión de cumplimiento de condiciones en sustitutivos de la pena

Homoclave

SGOBERNACION-03-S/C

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

2222138900 Ext 2040

Dirección:

Calle 18 Norte No. 406, Barrio Los Remedios, Puebla, C.P 72377

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión, Corroboración, Comprobación

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Persona física

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva y seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

Domicilio de las víctimas u ofendidos, testigos de cargo, redes de apoyo de las Personas Privadas de la Libertad y sentenciados a quienes les fue concedido el Sustitutivo de la Pena

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Como auxiliares del poder judicial en la administración de justicia, emitir opinión a la autoridad de ejecución de penas respecto al riesgo que pudiera representar el eventual externamiento del sentenciado para la victima u ofendido, testigos que depusieron en su contra y la sociedad, ante la concesión de un beneficio preliberacional- libertad anticipada o condicionada. En cumplimiento a lo ordenado por los Jueces de Ejecución, supervisar el cumplimiento de las condiciones impuestas a los sentenciados a quienes se les concedió el sustitutivo de la pena.

Periodicidad con la que se realiza:

N/A

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

A solicitud de parte

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 137, fracción II, 141, fracción II, y 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, 8, fracción XI, de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado y 33, fracción XVIII, del Reglamento Interior vigente para la Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Sujeto regulado por la actividad de inspección y/o verificación

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Ser informada del motivo de la visita domiciliaria, que el personal que realiza la visita domiciliaria se identifique, se le exhiba el oficio de comisión correspondiente

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

a) En caso de Evaluación de Riesgo por cuanto hace a víctimas u ofendidos y testigos (No aplica) y en el caso de redes de apoyo podrán proporcionar Comprobante domiciliario, constancia de oferta laboral, así como firmar entrevista. b) En Sustitutivo de la Pena de necesitar el sentenciado cambio de residencia, solicitar autorización judicial; cumplir con las condiciones impuestas por el Juez de Ejecución Presentar los documentos que le sean requeridos por el Juez de Ejecución.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Ley Nacional de Ejecución Penal, Resoluciones emitidas por el Juez de Ejecución en tratandose de sentenciados que obtuvieron un sustitutivo de la pena.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Para Evaluación de riesgo se requerira identificación oficial y comprobante domiciliario (no obligatorios). Los documentos que le sean requeridos por el Juez de Ejecución en los casos de Sustitutivo de la Pena

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta de visita domiciliaria

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No aplica

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Mínimo cuarenta y cinco minutos, máximo dos horas

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Identificación de la persona servidora pública autorizada para realizar la visita domiciliaria, informar a la persona a entrevistar el motivo de la visita y ponerle a la vista el oficio de comisión, de acceder la persona se procede a realizar la entrevista correspondiente y en el caso de los sustitutivos se verifican las condiciones del sentenciado y del lugar en que habita, lo que se hace constar en el Acta de visita.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

N/A

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Recabar información, verificar condiciones de la persona que se visita o motivo de la supervisión, así como del inmueble y muebles propios de la vivienda, obtener evidencia (registro fotográfico, documentos que acrediten lo actuado)

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Celia Hernández Soto, Ancelma Antonieta Flores Santiago, María Antonia Ramírez Meléndez, Gloria Alejandra de la Vega Doria, Soledad Merino Hernández, Guadalupe Margarita Uribe Arriaga, María del Carmen Acevedo Juárez, Ricardo Joel Simons Solís, Rolando Hernández Alducín y Rubén Osorio López

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Avenida Reforma 703, Segundo Piso, Colonia Centro, C.P.7200, Puebla, Pue.

Números telefónicos:

(222)2 32 52 10

Correo electrónico:

sria.funcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

N/A

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

N/A

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

N/A

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

23

Febrero

14

Marzo

10

Abril

6

Mayo

13

Junio

0

Julio

8

Agosto

7

Septiembre

23

Octubre

4

Noviembre

20

Diciembre

0

Total

128

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos. 

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Gobernación

Dirección de Medidas.

Visitas domiciliarias por seguimiento y supervisión de medidas de sanción.

Vigilancia, supervisión y seguimiento.

Detalles

Dirección de Medidas.

Secretaría de Gobernación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visitas domiciliarias por seguimiento y supervisión de medidas de sanción.

Modalidad

No aplica

Homoclave

SGOBERNACION-05-VIG/S/SEG

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222-284-21-86

Dirección:

Kilómetro 4.5 carretera federal Atlixco Puebla, Colonia Emiliano Zapata, C.P. 72810, San Andrés Cholula, Puebla

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Vigilancia, supervisión y seguimiento.

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas físicas

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En domicilio o establecimiento laboral del sujeto

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Seguimiento de la medida de sanción impuesta

Periodicidad con la que se realiza:

N/A

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

De oficio

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículo 71 fracción IV de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, y artículo 35 fracciones I, IV y X del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, hoy Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla, hoy Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Sujeto regulado por la actividad de inspección y/o verificación

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

A ser escuchado con detenimiento. A tomar en cuenta su opinión. A ser tratado con respeto.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Responder los cuestionamientos hechos por los visitadores, siempre y cuando no vulneren sus derechos. Mantener actualizado su documento de identidad respecto a su domicilio, y dar cumplimiento a lo solicitado por la Autoridad Jurisdiccional.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Identificación Oficial

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Entrevista documentada y registro interno.

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No aplica

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Dos horas

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Identificación de la persona servidora pública autorizada para realizar la visita domiciliaria, informar a la persona a entrevistar el motivo de la visita, se procede a realizar la entrevista correspondiente

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

No aplica

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Constituirse en el domicilio del sujeto regulado. Llevar a cabo las preguntas que estime necesarias para el fin en particular. Dirigirse al sujeto regulado con respeto en todo momento.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Ángela Carrillo Pastor, Martha Maribel Arcega Téllez,  Doryan Abigail Mendoza García y José Luis Alva Hernández

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Avenida Reforma 703, Segundo Piso, Colonia Centro, C.P.7200, Puebla, Pue.

Números telefónicos:

(222)2 32 52 10

Correo electrónico:

sria.funcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Servicios postpenales

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

5

Febrero

7

Marzo

6

Abril

5

Mayo

7

Junio

6

Julio

8

Agosto

6

Septiembre

11

Octubre

8

Noviembre

6

Diciembre

7

Total

82

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos. 

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Gobernación

Dirección de Sanciones.

Visitas domiciliarias por supervisión de libertad condicionada, libertad anticipada y sustitución de la pena

Supervisión, vigilancia y asesoría

Detalles

Dirección de Sanciones.

Secretaría de Gobernación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visitas domiciliarias por supervisión de libertad condicionada, libertad anticipada y sustitución de la pena

Modalidad

No aplica

Homoclave

SGOBERNACION-04-S/VIG/A

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

222-213-89-00 ext. 2016

Dirección:

18 Norte # 406, Barrio los Remedios, C.P. 72377, Puebla, Puebla.

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisión, vigilancia y asesoría

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Persona Física y Personas Morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio o establecimiento de los Sujetos Regulados, En las oficinas del Sujeto Obligado

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Supervisar el cumplimiento o incumplimiento de las condiciones impuestas por la Órgano Jurisdiccional, así como el seguimiento a la ejecución de las sanciones penales, medidas de seguridad restrictivas impuestas fuera de los Centros Penitenciarios con motivo de la obtención de la libertad condicionada, libertad anticipada o sustitución de la pena e informar a los Jueces de Ejecución.

Periodicidad con la que se realiza:

N/A

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Ordinaria, extraordinaria y de oficio

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Artículos 1, 2, 3 fracciones II y XXVI, 12, 13, 26, 136, 137, 138, 141 y 144 de la Ley Nacional de Ejecución Penal; 32, fracciones XI y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 8, fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado; artículo 33, fracciones X, XVII y XX y 34, fracciones XI, XV, XVIII, XX y XXII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, hoy Secretaría de Gobernación del Estado de Puebla.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Sujeto regulado por la actividad de inspección y/o verificación

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

I. Ser informadas de su situación jurídica cuando lo soliciten o cuando ésta se modifique; II. Solicitar modificaciones a sus obligaciones, conforme a situaciones supervenientes debidamente justificadas; III. Solicitar la intervención del Juez de Ejecución cuando exista una irregularidad por parte del supervisor de libertad en el desarrollo o cumplimiento a las obligaciones derivadas de la medida otorgada, y IV. Los demás que esta Ley (LNEP), u otros ordenamientos establezcan

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

I. En caso de necesitar cambio de residencia, solicitar autorización judicial; II. Cumplir con las resoluciones y medidas de seguimiento impuestas por el Juez de Ejecución para su liberación; III. Usar, conservar y mantener en óptimas condiciones todas las herramientas tecnológicas y recursos materialesque les proporcionen para el control y seguimiento de su liberación; IV. Colaborar con los supervisores de libertad a fin de darle cumplimiento a los objetivos del proceso de reinserción social; V. Presentar los documentos que le sean requeridos por el Juez de Ejecución; y, VI. Las demás que establezcan esta Ley (LNEP), u otras disposiciones aplicables.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Ley Nacional de Ejecución Penal- Resoluciones emitidas por el Juez de Ejecución tratandose de sentenciados que obtuvieron una libertad condicionada o sustitución de la pena.

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

INE, Comprobante de domicilio, Carta del empleador, Comprobante del domicilio laboral, Certificado médico o constancia, informe, así como las que solicite el Supervisor de libertad o Juez de Ejecución

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta de visita domiciliaria, Acta de visita laboral (Depende de lo que soliciten los jueces de ejecución)

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No aplica

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

De cuarenta y cinco minutos a una hora.

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Se verifica que el domicilio coincida con el domicilio que mencionó en autos, así como con el comprobante domiciliario que exhibió con antelación el sujeto regulado en la evaluación de riesgo o planilla de condiciones; se solicita que se identifique; se realiza una entrevista de acuerdo a las condiciones establecidas por la Autoridad Judicial; En ocasiones pueden ser entrevistas de trabajo social y médicas; se toman diversas fotografías; se recaba documentación; se les informa de su situación jurídica y ciertas recomendaciones como son sus derechos y obligaciones; se solicita que firmen contancia de visita; de igual manera en la verificación de domicilios donde laboran y empleadores laborales, y las demás que establezca la Autoridad Judicial.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

Modificaciones a las condiciones de libertad establecidas por el Juez de Ejecución, Revocación del Beneficio Preliberacional, apercibimientos, multas

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Dar seguimiento a la ejecución de las sanciones penales, medidas de seguridad y restrictivas impuestas por el Juez de Ejecución fuera de los Centros con motivo de la obtención de libertad condicionada; Realizar los informes relativos al cumplimiento de las condiciones impuestas por el Juez de Ejecución; Coordinar y ejecutar la aplicación del seguimiento de los programas para las personas que gozan de la medida de libertad condicionada en términos de lo que disponga la sentencia; Recabar información, verificar condiciones de la persona que se visita o motivo de la supervisión, así como del inmueble y muebles propios de la vivienda, obtener evidencia (registro fotográfico, documentos que acrediten lo actuado); Las demás que determine el Juez de Ejecución.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

María Arlette Graciano Velarde,  Pedro Mora Aguilar, Maribel Verdad Hernández, María del Carmen Rosas García, Juana Valerdi Cabrera, Alberta Rocío Juárez Hipólito, Omar Fuentes González, María del Pilar Rojas Aleman, Fabiola Eloa Coyotl , Joselin Meza Evaristo, Irma Ramírez Vázquez y Lily Cuervo Valderrábano

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Avenida Reforma 703, Segundo Piso, Colonia Centro, C.P.7200, Puebla, Pue.

Números telefónicos:

(222)2 32 52 10

Correo electrónico:

sria.funcióEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

N/A

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

N/A

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

N/A

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

8

Febrero

9

Marzo

14

Abril

13

Mayo

13

Junio

14

Julio

12

Agosto

17

Septiembre

19

Octubre

26

Noviembre

22

Diciembre

26

Total

193

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

0

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

0

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos. 

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Secretaría de Gobernación

Coordinación General de Protección Civil / Dirección Operativa de Protección Civil

Inspección, supervisión, verificación y vigilancia de las medidas y acciones en materia de protección civil

Inspección, supervisión, verificación y vigilancia de las medidas y acciones de Prevención en materia de Protección Civil.

Detalles

Coordinación General de Protección Civil / Dirección Operativa de Protección Civil

Secretaría de Gobernación

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Inspección, supervisión, verificación y vigilancia de las medidas y acciones en materia de protección civil

Modalidad

No aplica

Homoclave

SGOBERNACION-01-S

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

*Reportes 24 horas: (222) 2462750 Ext. 4112 *Reportes Vía Whatsapp: 2226183917

Dirección:

Av. Reforma #710 Col. Centro Puebla.

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Inspección, supervisión, verificación y vigilancia de las medidas y acciones de Prevención en materia de Protección Civil.

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Personas Físicas y Personas Morales

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva, reactiva y seguimiento

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el domicilio de los establecimientos de los Sujetos Regulados

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Verificar el cumplimiento de las medidas de prevención y mitigación del riesgo, así como el cumplimiento de su programa interno en materia de protección civil

Periodicidad con la que se realiza:

N/A

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Programadas o por emergencia

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

*Ley del Sistema Estatal de Protección Civil: Artículos 30 fracciones XVI y XVII, 37 fracciones XVIII, 112, 113, 114, 115, 116, 117, 118 y 119. *Reglamento de la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla: Artículos 8 fracción XI, 49, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56 y 57. *Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno, hoy Secretaría de Gobernación: Artículos 1, 5, fracción VII, 18, 69 y 70, fracción IX. Programa General para la Aprobación y Registro en Materia de Protección Civil: Artículos 3, 13, 21, 22, 26, 27, 34, 36, 37. *Manual de Organización y Procedimientos: MO – 0101011401112015/1 MP – 0101011401112015/3

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Bien mueble o inmueble Personas fisicas y/o morales

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si

Precisar Cuales

Cuando el caso lo requiera se podrá solicitar el auxilio de la fuerza pública, la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Puebla.

Derechos del Sujeto Regulado:

*Solicitar al inspector que se identifique. *Estar presente durante la inspección. *Verificar la orden de inspección. *Recibir copia del acta circunstanciada.

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

1. Solicitar al inspector que se identifique. 2. Estar presente durante la inspección. 3. Verificar la orden de inspección. 4. Designar testigos. 5. Manifestar lo que a su interés convenga en el desarrollo de la inspección. 6. Suscribir y recibir copia del acta circunstanciada.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

1. Ley del Sistema Estatal de Protección Civil 2. Reglamento de La Ley del Sistema Estatal de Protección Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla 3. Programa General para la Aprobación y Registro en materia de Protección Civil

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

Programa interno de protección civil

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Instrumentos que debe firmar: 1. Citatorio. 2. Orden de inspección. 3. Oficio de comisión. 4. Requerimiento urgente. 5. Acta circunstanciada de acuerdo al giro comercial de la persona fisica o moral (debe ser requsitada y firmada).

Formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Acta Circunstanciada

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Sí, mediante citatorio oficial, excepto en casos de emergencias, en los cuales se puede dar aviso de manera posterior a la mitigación de los riesgos de las mismas.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Tres horas aproximado, o según el tiempo que dure la emergencia

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

El Inspector deberá presentar los siguientes documentos: -Credencial de identificación oficial (uso y portación obligatoria durante la diligencia) -Oficio de comisión. -Orden de inspección. -Acta circunstanciada. -Requerimiento urgente.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

*Apercibimiento *Sanción economica (independientemente de las medidas de seguridad que el inspector aplique).

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

Verificar el cumplimiento de medidas de prevención y mitigación del riesgo, de su programa interno en materia de protección civil, así como de las obligaciones contempladas en la Ley del Sistema Estatal de Protección Civil, su Reglamento y el Programa General para la Aprobación y Registro en materia de Protección Civil.

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Cristian Irvin Morales Mantilla, Jorge López Martínez, Jonathan Soriano Sánchez, Jesús Dario Vela Tuncheu, Leonardo Pérez del Castillo, Jhonatan Ali Vargas Sánchez, Jonathan Enrique González Luna, Manuel Iván de Jesús Rodríguez, William Flores Ruiz,  Germán Marín Zapata, Ivan Rodríguez Sánchez, Mizrraim Ojeda Ramos, Jesús Gamaliel Román López, Mauricio Ramírez Hernández, Jaime Hermenegildo Arriaga, Javier Carmona Ortuño, Raúl Pérez Serrano, René Meza González, Jesús Flores González, José Ignacio Macías Jiménez, José Ángel García Mendoza, José Antonio Ornelas Hernández, Bernardo Javier Medina Lozada, Vicente Barranco Hernández, José de Jesús Rosas Calderón, Alfonso Wenseslao Martínez Hernández, Norma Castillo Barroso, Jesús Emmanuel Reyes Reyes, Oswaldo Reyes Ojeda, Miguel Ángel de la Rosa López y Alan Osvaldo León Vázquez.

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Secretaría de la Función Pública Dirección de Atención a Quejas y Denuncias

Números telefónicos:

Tel: 222 303 46 00 ext. 293464, 293466, 293469 y 293493 Línea PROintegridad: 800-466-37-86

Correo electrónico:

http://prointegridad.puebla.gob.mx/

Nombre del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

A) Evaluación de simulacros B) Capacitación en materia de protección civil

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

N/A

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

128

Febrero

127

Marzo

128

Abril

155

Mayo

128

Junio

139

Julio

102

Agosto

108

Septiembre

65

Octubre

108

Noviembre

123

Diciembre

126

Total

1437

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

22

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

22

Realiza tu protesta ciudadana

¿Permitir que todos los datos de la inspección, verificación o visita domiciliaria sea pública?

Si, permitir que todos los datos sean públicos.

¿La inspección es requerida para atender una situación de emergencia?

No, no es requerida para atender situaciones de emergencia.

Evalúa esta inspección

Corporación Auxiliar de Policía de Protección Ciudadana

Subdirección de Atención a Usuarios e Imagen Institucional

Visitas de Proximidad y Evaluación dé los servicios a los Usuarios de los de la CAPPC.

Mediante Visita de Proximidad y Evaluación de los servicios a los Usuarios de los de la CAPPC.

Detalles

Subdirección de Atención a Usuarios e Imagen Institucional

Corporación Auxiliar de Policía de Protección Ciudadana

Nombre de la inspección, verificación o visita domiciliaria

Visitas de Proximidad y Evaluación dé los servicios a los Usuarios de los de la CAPPC.

Modalidad

No aplica

Homoclave

CAPPC-01-V

Números telefónicos, dirección y correo electrónico de la autoridad competente encargada de ordenar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Números telefónicos

(222) 9-44-32-40 ext. 1204

Dirección:

Calle de Los Palos S/N San Pablo Xochimehuacan, Puebla.

Correo electrónico:

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Identificar el tipo de actividad de la Inspección, verificación o visita domiciliaria:

Mediante Visita de Proximidad y Evaluación de los servicios a los Usuarios de los de la CAPPC.

Sujeto Regulado al que se aplica la inspección, verificación o visita domiciliaria:

-

La inspección, verificación o visita domiciliaria es:

Preventiva

La inspección, verificación o visita domiciliaria se realiza en:

En el establecimiento o Medios Electrónicos

Objetivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Conocer la satisfacción de los Usuarios de los Servicios contratados.

Periodicidad con la que se realiza:

No aplica

Motivo de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Evaluar los servicios contratados

Fundamento jurídico de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Decreto que crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Corporación Auxiliar de Policía de Protección Ciudadana”, De las Facultades, Articulo 18, inciso II, IV y VII.

Registro Estatal de Regulaciones

Bien mueble o inmueble, elemento o sujeto de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Domicilio donde se encuentra prestando el servicio contratado

Indicar si otros Sujetos Obligados participan en la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No

Derechos del Sujeto Regulado:

Privacidad de datos del contratante conforme lo enmarcado en el contrato privado de prestación servicios celebrado con la Corporación Auxiliar de Policía de Protección Ciudadana

Obligaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

Los establecidos en el contrato privado de prestación de servicios.

Regulaciones que debe cumplir el Sujeto Regulado:

-

Requisitos o documentos que debe presentar el Sujeto Regulado; en caso de que correspondan a requisitos que son Trámites o Servicios de alguna otra inspección, verificación o visita domiciliaria, deberán identificarse plenamente los mismos:

-

Especificar si el Sujeto Regulado debe llenar o firmar algún formato para la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Se elabora un Informe de Visita firmado por el usuario así como por los servidores públicos que atienden la visita, se proporciona al usuario una encuesta de servicio la cual es llenada y firmada por el mismo, se toman placas fotográficas de la visita siempre y cuando sea permitido por el usuario.

Especificar si se avisa o comunica con antelación al Sujeto Regulado la realización de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Si. Se solicita su autorización y aprobación para ser visitado, previa identificación de los visitadores.

Tiempo aproximado de la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Una hora

Procedimiento a realizar durante la inspección, verificación o visita domiciliaria:

Aprobación del acceso al inmueble, por parte del contratante o representante legal, identificación de los visitadores, explicación del motivo de la visita, levantamiento del informe por parte del personal visitador, llenado de encuesta de satisfacción por parte del visitado, firma de ambas partes del informe, entrevista con el personal asignado al servicio, terminación de la visita.

Sanciones que pudieran derivar de la inspección, verificación o visita domiciliaria, así como los tipos de resolución:

No aplica

Facultades, atribuciones y obligaciones del inspector, verificador o visitador domiciliario:

-

Servidores públicos facultados para realizar la inspección, verificación o visita domiciliaria

Federico Guyot Arthur, Yefte Kore Sánchez Zambrano - José Luis Castillo Pérez, Erika Serafio Ceja, Diana Edith De Haro Sotelo, Claudia Avalos Gómez, Raquel Angelica Romero Domínguez, Juan Pedro Ramírez Grajeda.

Números telefónicos, dirección y correo electrónico del órgano de control ante quien se podrán realizar las denuncias

Dirección:

Calle de Los Palos S/N San Pablo Xochimehuacan, Puebla.

Números telefónicos:

(222) 9-44-32-40 ext. 1204

Correo electrónico:

Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Homoclave del trámite o servicio con el que se relaciona la inspección, verificación o visita domiciliaria:

No aplica

En caso de que alguna inspección, verificación o visita domiciliaria tenga como requisito una inspección, verificación o visita domiciliaria, estas deberán señalarse y relacionarse con la ficha correspondiente del Registro Estatal de Visitas Domicili

No aplica

Número de inspecciones, verificaciones o visitas domiciliarias realizadas de manera mensual durante año anterior:

Enero

0

Febrero

0

Marzo

0

Abril

0

Mayo

0

Junio

4

Julio

11

Agosto

44

Septiembre

46

Octubre

5

Noviembre

8

Diciembre

101

Total

219

Número de inspeccionados, verificados o visitados sancionados en el año anterior:

-

Número de sanciones impuestas en el año anterior:

-

Realiza tu protesta ciudadana

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A través de Whatsapp se proporcionará atención a personas con discapacidad auditiva para la representación de la Protesta Ciudadana e información de los trámites y servicios registrados en la página https://ventanilladigital.puebla.gob.mx/ventanilla/, al dar click en el botón continuar se habilitará una conversación con el personal de la Comisión de Mejora Regulatoria.

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